Sheinbaum firma iniciativa de ley contra el feminicidio; propone penas de hasta 70 años

LA JORNADA

Ciudad de México. La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmó este miércoles una iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el daño por el delito de feminicidio, la cual plantea homologar en las 32 entidades del país tanto sanciones como protocolos de investigación y acciones para atender a las víctimas de este delito.

En el documento, que será enviado al Congreso de la Unión, se proponen penas de 50 a 70 años de prisión con 19 agravantes para aumentar la pena en distintas circunstancias, entre otras, cuando la víctima es niña, adolescente o adulta mayor o que esté embarazada.

“Como primera mujer presidenta asumí la responsabilidad de proteger a las mujeres contra la violencia. Para ello, lo primero que hicimos fue llevar a la Constitución los derechos de las mujeres, que no estaban plenamente establecidos. La igualdad sustantiva, que significa igualdad en todos los ámbitos, pero reconociendo también los derechos de las mujeres. Ahí mismo, en la Constitución, establecimos los derechos de las mujeres una vida libre de violencia”, expresó la presidenta en su conferencia de prensa matutina de este miércoles.

Agregó que “el peor delito de violencia contra las mujeres, la peor forma de discriminación, de trato indigno contra la mujer, es la muerte, es el feminicidio. Que significa asesinar, quitarle la vida a una mujer por el solo hecho de ser mujer, es un delito de odio, asociado a ser mujer”.

Reconoció que pese a la reducción de los homicidios, siguen registrándose feminicidios “y muchos de ellos lamentablemente siguen sin sanción”.

Explicó que en las fiscalías del país, en la actualidad, se sigue catalogando la muerte violenta de una mujer como suicidio, o se tardan mucho las investigaciones, aun cuando los indicios apuntan a un familiar violento. Ante ello, la propuesta de ley lo que garantiza es que todas las fiscalías trabajen en las investigaciones de la misma forma, así como “evitar al máximo que se catalogue como suicidio”, apuntó que muchas de las víctimas no denunciaron previamente amenazas por miedo.

Al ser presentada la propuesta, se expuso en la “mañanera” en Palacio Nacional que existen tipos penales fragmentados, ya que cada una de las 32 entidades tiene un tipo penal propio, lo que genera deficiencias en los procesos de investigación, ausencia de protocolos.

El 6 de mayo se reformó el artículo 73 de la Constitución para facultar al Congreso de la Unión para emitir una Ley General en materia de delito del feminicidio, lo que abre la puerta a una ley homologada en esta materia.

Dentro de la iniciativa se indica que comete el delito de feminicidio la persona que prive la vida de una mujer por razones de genero, ante lo cual se establecen 10 razones de género, como signos de violencia sexual; delito motivado por estereotipos o prejuicios; antecedentes de violencia contra la víctima o contextos de asimetría de poder.

Además de la pena privativa de la libertad, el responsable también pierde derechos sucesorios, pérdida de tutela o patria potestad, y de ser funcionario público, será destituido e inhabilitado para ocupar otro cargo. Se indica que se trata de un delito imprescriptible.

Maribel Bojorges Beltrán, titular de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres, agregó que para la investigación del feminicidio se indagará con perspectiva de género, se aplicará protocolos especializados, analizará antecedentes de violencia aunque no haya denuncias previas, y el proceso estará orientado a la determinación de la verdad y reparación integral del daño.

De oficio, el Ministerio Público iniciará de manera inmediata la investigación del delito de feticidios y podrá solicitar la elaboración de productos de inteligencia.

La ley general no solo atiende aspectos de la investigación, sino que atiende a los derechos de las víctimas, añadió Ingrid Gómez, subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencia de la Secretaría de las Mujeres.

Indicó que la propuesta incluye el acceso a la verdad y la justicia, atención médica y sicológica de urgencia para sobrevivientes y víctimas indirectas, asistencia jurídica especializada y gratuita, atención integral para menores en orfandad.

La reparación integral del daño se contempla en el proyecto de ley, y se establece que deberá ser “transformadora, adecuada, efectiva, rápida y proporcional”.

A la vez, los medios de comunicación y las personas en plataformas deberán respetar la dignidad de las víctimas directas e indirectas. De igual forma, se contempla políticas públicas en materia de prevención y atención a la violencia feminicida. Para ello, se plantea una comisión especial y el programa integral para prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres.

También se incluye la participación de los Centros Libre, Espacios de Refugio y la creación de un registro nacional de niñas, niños y adolescentes en orfandad por feminicidio, además de planes integrales de protección para mujeres sobrevivientes.

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