Colombia apenas ha avanzado en la búsqueda de cerca de 100.000 desaparecidos

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El Comité contra la Desaparición Forzada* expresó su preocupación por la falta de avances significativos en las investigaciones de los casos de este delito, así como por los escasos resultados en la búsqueda de cerca de 1000.000 personas desaparecidas, registradas por la Fiscalía General de la Nación hasta finales de 2020.

En sus conclusiones publicadas este martes, el Comité reconoció los esfuerzos efectuados por Colombia para promover la búsqueda de personas desaparecidas, incluyendo las sometidas a desaparición forzada, y tomó nota de la creación del Sistema Integral de verdad, justicia, reparación y no repetición.

Sin embargo, y pese a que el órgano de expertos independientes afirmó conocer los numerosos retos y desafíos a los que se enfrenta el país sudamericano en materia de prevención, investigación y sanción de las desapariciones forzadas, y en la búsqueda y e identificación de las personas desaparecidas, lamentó que, a pesar de la firma de los Acuerdo de Paz, siga prevaleciendo el fenómeno de la desaparición forzada en diversas partes del país.

“El Comité considera que a pesar de los esfuerzos del Estado parte, el marco normativo en vigor, así como su aplicación y la forma en que las autoridades competentes desempeñan sus funciones, continúan “sin ajustarse plenamente” a la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, se afirma en el informe.

Además, el Comité manifestó su preocupación por la continuación de este fenómeno, incluso en un contexto de pandemia, sin que se haya adoptado una política integral para prevenirlo hasta este momento.

Por ello, consideró imprescindible y recomendó a Colombia adoptar “una política pública integral para prevenir las desapariciones forzadas”, elaborada en base a las obligaciones derivadas de la Convención, y que también tenga en cuenta las directivas sobre COVID-19 y las desapariciones forzadas adoptadas por el Comité y el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones forzadas e Involuntarias.

Resultados insuficientes en la búsqueda de personas desaparecidas

El órgano de expertos independientes expresó su preocupación por los escasos resultados en la búsqueda de personas desaparecidas, entre ellas los 84.330 adultos y los 9964 niños y niñas sometidos a desaparición forzada y registrados por la Fiscalía General de la Nación, así como de las que desaparecieron “a manos de grupos armados organizados al margen de la ley sin la autorización, el apoyo o la aquiescencia de agentes del Estado”, y en las que se incluyen a niños y niñas víctimas de reclutamiento forzado.

Aunque tomó nota de la coexistencia del Plan Nacional de Búsqueda de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas con el Plan Nacional de Búsqueda y los planes regionales de búsqueda diseñados por la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas, expresó su preocupación por los retrasos en la implementación de estos dos últimos.

Entre otras sugerencias, el Comité recomendó garantizar la rápida implementación de los Planes de Búsqueda planeados por la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas y la coordinación entre instituciones entre las entidades creadas por el Acuerdo de Paz, la Fiscalía General de la Nación y otras instituciones.

También aconsejó que, tras la notificación de una desaparición, se inicie de oficio la búsqueda y que se aumenten los esfuerzos para buscar, localizar y liberar a las personas desaparecidas.

En caso de encontrarlas sin vida, se propone identificar y restituir dignamente sus restos mortales, “aplicando un enfoque diferencial en cuanto a las mujeres, niñas, niños, adolescentes, personas LGBTI, grupo étnicos y personas con discapacidad”.

Más de 24.000 cuerpos inhumados sin identificar

El Comité también manifestó su inquietud por los “limitados avances en la identificación y devolución de los restos de personas desaparecidas”, en concreto por los más de 24.000 cuerpos inhumados sin identificar en cementerios públicos y los más de 4000 cuerpos de víctimas de desaparición forzada pendientes de reconocer de los más de 10.000 que se han exhumado.

Además, este órgano recibió información sobre:

– Casos de familiares de personas desaparecidas que reportaron hallazgos de cuerpos a la Fiscalía General de la Nación, sin que esta tomase acción alguna para el levantamiento de los cadáveres y su identificación

– La insuficiencia e inaccesibilidad de las campañas para la obtención de muestras genéticas, particularmente en zonas rurales.

– Que no todas las muestras recogidas hayan sido procesadas e incluidas en el Banco de Perfiles genéticos

Problemas en el manejo y protección de los cuerpos de personas no identificadas, tanto en cementerios públicos, privados y campo abierto, causando la alteración, – perdida, mezcla o destrucción de los cuerpos sin identificar, situaciones que se han exacerbado con la pandemia de Covid-19

El Comité instó a Colombia al Estado intensificar los esfuerzos para identificar y restituir los restos humanos a los familiares en condiciones dignas y en consonancia con sus costumbres; y a garantizar que la Fiscalía General de la Nación, una vez reciba la información sobre el hallazgo de cuerpos, actúe de inmediato para asegurar la protección de los restos de personas desaparecidas y proceder a su identificación inmediata, aun cuando estos hayan sido localizados por particulares sin la intervención de agentes del Estado, entre otras recomendaciones.

La reparación de las víctimas de desaparición es escasa

Con relación al derecho de reparación destacó que, de las 185.422 víctimas de desaparición forzada reconocidas en el Registro Único de Víctimas, solo han recibido reparaciones una pequeña parte, 12.490, y que se limitaron a compensaciones económicas.

El Comité recomendó garantizar que la legislación nacional prevea un amplio sistema de reparación e indemnización, de acuerdo con el artículo 24 de la Convención, para todas las víctimas de desaparición forzada; asegurar que todas reciban una reparación integral; y que el que el sistema para conceder reparaciones tome en cuenta las circunstancias personales de las víctimas, como su sexo, identidad de género, orientación sexual, edad, origen étnico, condición social y discapacidad.

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