Stealthing: la trampa sexual que la justicia española ya considera agresión

Universitat Oberta de Catalunya

  • La clave legal para condenar el stealthing es el consentimiento y el engaño
  • Las víctimas experimentan ansiedad, depresión, estrés y desconfianza, ya que puede derivar en ITS o en embarazo

Una mujer denunció en Sevilla en 2017 a una pareja que se había quitado el preservativo sin avisar durante un encuentro sexual. Ella había exigido el uso del preservativo como condición para estas relaciones. El acusado fingió ponérselo y mantuvo la relación sin protección. Este acto constituyó delito y el hombre fue condenado a tres años de prisión por abuso sexual y seis meses adicionales por lesiones, ya que transmitió una infección de transmisión sexual (ITS) a la víctima. Este caso sentó un precedente en España, consolidando la ilegalidad del stealthing y su consideración como un delito sexual..

La Universitat Oberta de Catalunya (UOC), a través de los Estudios de Derecho y Ciencia Política, ha liderado la reflexión académica sobre este fenómeno y lo ha abordado en la reciente jornada El consentimiento sexual a propósito del stealthing.

El stealthing es una práctica que consiste en retirarse el preservativo durante una relación sexual sin el consentimiento de la otra persona. El término proviene del inglés y deriva de stealth, que significa ‘sigilo, ocultación o acción furtiva’. Su origen se encuentra en ciertos círculos homosexuales de Estados Unidos, país donde una subcomunidad online ha promovido esta conducta con fines degradantes y misóginos, bajo la idea de un supuesto derecho a “difundir la propia semilla”. La abogada y activista de derechos sexuales Alexandra Brodsky popularizó este concepto entre los círculos académicos en 2017.

En España, donde el término llegó en 2019, el stealthing se ha consolidado como una agresión contra la libertad sexual. Una sentencia pionera del Tribunal Supremo (TS) en junio de 2023 estableció un precedente importante reforzando la centralidad del consentimiento en el marco de los delitos sexuales. Aunque no hay una tipificación específica, los tribunales españoles pueden juzgarlo como abuso o agresión sexual, según el caso, con penas de uno a doce años.

“El stealthing supone una variación sustancial del tipo de relación consentida en un primer momento. El stealthing no solamente es una agresión física, sino también una violación de la libertad sexual y la autonomía personal”, explica Oriol Martínez Sanromà, profesor de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC.

Aunque todavía es pronto para hablar de una jurisprudencia consolidada, la sentencia de 2023 es fundamental por dos aspectos clave. El primero es que el stealthing constituye un delito de agresión sexual porque supone una variación sustancial del tipo de relación consentida. Y el segundo es que los denominados “errores en los motivos” como, por ejemplo, consentir una relación sexual con alguien por profesar una doctrina, o ser fan de un equipo o de una creencia) no son relevantes para el derecho penal, indica Martínez Sanromà.

En España, la sentencia del Tribunal Supremo en 2023 ratificó que el stealthing constituye una agresión sexual, siguiendo precedentes como un caso de Sevilla de 2017 en el que un hombre fue condenado por abuso y lesiones tras transmitir una infección de transmisión sexual (ITS) debido a la retirada no consensuada del preservativo.

El debate sobre si el stealthing era o no delito había discurrido con anterioridad por canales principalmente académicos, y se había asentado de forma prácticamente unánime la necesidad de que fuera considerado una forma de agresión sexual. “Como tal, la reforma no ha aportado ningún cambio sustancial a esta consideración: con el Código Penal anterior era posible llegar a la misma conclusión”, afirma Martínez Sanromà.

Desafíos en la aplicación legal

A pesar de los avances normativos, la aplicación práctica de esta tipificación presenta importantes desafíos, especialmente en el ámbito probatorio, destaca Martínez Sanromà. “¿Cómo podemos asegurar que una persona se retiró el profiláctico sin consentimiento en un contexto de relación íntima? En estos casos, la palabra de la víctima suele ser la principal prueba de cargo”, asegura el experto. No obstante, los criterios del Tribunal Supremo sobre la validez del testimonio pueden ser determinantes para dictar una condena. “Si la víctima se mantiene firme a lo largo de todo el procedimiento, su testimonio puede ser suficiente para la condena”, agrega.

En cuanto a la evolución del derecho penal, aún es pronto para hablar de una jurisprudencia consolidada. “El Tribunal Supremo tiene margen para cambiar de opinión, más aún cuando la sentencia presenta un voto particular con una consideración alternativa que hay que tener en cuenta”, señala el experto de la UOC.

Otro aspecto relevante es la distinción entre consentimiento “débil” y “fuerte”, establecida por el Tribunal Supremo en la Sentencia 603/2024: mientras que el consentimiento “débil” se refiere a una simple aceptación del acto sexual (aunque esté basada en engaños), el consentimiento “fuerte” implica una aceptación plenamente informada y libre. En el caso del stealthing, el Tribunal no lo considera delito por el engaño en sí, sino porque el acto sexual (sin preservativo) desborda lo consentido (con preservativo) y se transforma en una agresión sexual.

Impacto social y psicológico del stealthing

El stealthing no solo tiene consecuencias legales, sino también un impacto social y psicológico profundo. Muchas víctimas experimentan ansiedad, depresión, estrés postraumático y sentimientos de vulnerabilidad, culpabilidad y vergüenza, según un estudio publicado en Psychology en 2023. El engaño sobre el uso del preservativo se percibe como una violación de la autonomía y el consentimiento, lo que puede generar desconfianza en futuras relaciones y afectar a la vida sexual de la víctima.

Esta práctica no solo viola el consentimiento, sino que también conlleva riesgos como la transmisión de infecciones de transmisión sexual (ITS), embarazos no deseados y un impacto psicológico profundo en las víctimas, como indica un estudio de la Universidad de Northumbria.

El stealthing en las democracias liberales

Como delito sexual, el stealthing solamente está recogido en la legislación de algunas democracias liberales, como consecuencia de una mayor conciencia social y legal sobre las libertades sexuales. Sin embargo, la mayoría de estas democracias lo interpretan como una violación del consentimiento, ya sea con leyes específicas o generales de agresión sexual.

El término stealthing ha ganado relevancia global en los últimos años, con casos internacionales como el de Julian Assange, que han contribuido a visibilizar esta práctica y sus implicaciones legales.

En el ámbito europeo, Suiza fue el primer país en aplicar una condena por este delito en 2017, según el artículo 190 del Código Penal. En 2018, Suecia emitió su primera condena y aprobó una ley de consentimiento afirmativo en la que se considera el stealthing como una violación. Dinamarca está ya preparando una ley para criminalizarlo.

En Estados Unidos, California fue pionera en 2021 en tipificar el stealthing como delito civil. En otros estados, los fiscales pueden procesar esta práctica con leyes de agresión sexual o violación. En el Reino Unido, el caso R v Lawrance, de 2020, estableció que el hecho de retirarse el preservativo sin consentimiento anula dicho consentimiento y puede ser considerado agresión sexual.

Entre los expertos, algunos piden una ley específica para el stealthing, mientras que otros creen que ya encaja en los delitos de agresión sexual o violación, como ya ha sucedido en España y Reino Unido, donde se reconoce la gravedad de este delito dentro del marco legal vigente.

El reconocimiento del stealthing como agresión sexual en España en 2022 representa un avance significativo en la protección de los derechos sexuales y la libertad individual. Sin embargo, los desafíos probatorios y la necesidad de una mayor concienciación social siguen siendo obstáculos importantes.

Categorías