Declararían improcedentes medidas solicitadas por Gálvez contra AMLO

LA JORNADA

Ciudad de México. Un proyecto elaborado por la Unidad Técnica de lo Contencioso (UTC) del Instituto Nacional Electoral (INE) propone declarar improcedentes las medidas cautelares solicitadas por Xóchitl Gálvez en contra del Presidente Andrés Manuel López Obrador, por violencia política contra las mujeres en razón de género, al considerar que se trata de una “crítica dura”, en el marco de la libertad de expresión y el debate político del mandatario hacia la oposición.

De este análisis preliminar se indica que los comentarios del Presidente no se encuentran dirigidos a denostar a la quejosa por su condición de mujer, o bien, tendente a subordinarla por una presunta afinidad con otros políticos varones, sino a criticar las relaciones de la senadora a partir de sus afinidades políticas y no por razones de género.

Por tanto, no se cumplen los requisitos para ordenar el retiro de las publicaciones y expresiones en redes sociales y medios digitales previamente identificados.

“No se acredita que las expresiones y publicaciones acrediten la presunta actualización de Violencia Política contra las Mujeres en razón de género, esencialmente porque no se advierte el elemento de género, pues no se trata de expresiones relacionadas con su calidad de mujer y por lo tanto no generan un impacto diferenciado que le afecte desproporcionadamente, pues las expresiones que condicionan su trayectoria, actividad y aspiraciones políticas a la determinación y decisiones de personas de género masculino se hacen con base en la crítica dura que manifiesta el titular del Poder Ejecutivo Federal, a todas aquellas personas que militan en las expresiones políticas de oposición a la actual administración”, señala el proyecto.

En caso de aprobarse en ese sentido, por mayoría o unanimidad por parte de los tres consejeros que integran la Comisión de Quejas y Denuncias, misma que sesionará hoy, el dictamen – relacionado con imponer medidas preventivas urgentes- puede ser impugnado ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aunque el análisis de fondo tocará a la Sala Especializada del TEPJF.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Categorías