Acuerdo General del Tribunal Electoral del Estado de Puebla para establecer medidas preventivas ante el Covid-19

Staff/Rossi

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla, a fin de establecer medidas preventivas para continuar con las actividades, manteniendo la seguridad y salud de los trabajadores, representaciones partidistas y público en general, ante la amenaza que supone el coronavirus (Covid-19), informa el ACUERDO GENERAL 01/2020:

Las actividades jurisdiccionales y administrativas se realizarán con el personal mínimo e indispensable, mediante la implementación de guardias presenciales, observando en todo momento, las medidas ordenadas por las autoridades federales y estatales, para prevenir una mayor propagación del virus Covid-19. La contingencia durará hasta en tanto las autoridades federales y estatales indiquen que ha concluido el periodo de “aislamiento preventivo”.

Asimismo, con el objetivo de contribuir a la no propagación del virus y guardar sana distancia entre las personas, se suspenden del 17 de marzo al 31 de marzo del presente año, las sesiones públicas, salvo las que por su urgencia y/o vencimiento de término tengan que llevarse a cabo necesariamente, por lo que se restringe el acceso al público en general a las mismas.

Para garantizar que las partes en los medios de impugnación y la población en general conozcan detalles de los proyectos de resolución que las Magistraturas pongan a consideración del Pleno, en su caso, el debate que se suscite, el sentido de las sentencias y las sesiones se transmitirán en tiempo real en la plataforma digital Facebook con que cuenta el Tribunal y en su página institucional www.teep.org.mx así como la emisión de comunicados.

Se suspenden actos públicos de carácter académico, foros, congresos o convenciones públicas y cualquier otro que implique la concentración de personas en la que participa u organice el Tribunal; se suspenden las audiencias de alegatos que soliciten las partes en los procesos jurisdiccionales; en el entendido de que podrán presentar por escrito los argumentos que estimen pertinentes para la resolución de los medios de impugnación.

Para la consulta de expedientes, las personas autorizadas deberán solicitarlo en el área de recepción del Tribunal, precisando los datos de identificación del expediente. Verificada la calidad de parte autorizada, personal jurisdiccional pondrá a su disposición el expediente para que lo revise en el área que se destine para tal efecto.

Se establecen las medidas diarias de prevención tanto al personal que acuda a guardias presenciales como a los visitantes dentro del inmueble: Una vez que los trabajadores, actores, autoridades responsables y personal de prestadores de servicios externos permanentes y/o temporales (vigilancia y limpieza), público en general, hayan ingresado a las instalaciones del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, éstos deberán adoptar las medidas de prevención y sanidad recomendados.

Los medios de impugnación que ya se encuentren en instrucción de este organismo jurisdiccional y cuyas partes hayan señalado correo electrónico o números telefónicos, serán utilizados para poder realizar las notificaciones correspondientes y las demás notificaciones se harán mediante los estrados electrónicos mismos que se encuentran en la página web www.teep.gob.mx

Se adoptará la modalidad de “oficina en casa”, motivo por el cual se dará aviso al personal respecto a la modalidad de labores.

A los promoventes de los expedientes en substanciación que no hayan señalado correo electrónico, que así lo deseen, proporcionen una dirección electrónica para que por ese conducto se les puedan realizar las notificaciones, para tal efecto lo harán por escrito debidamente firmado y escaneado, el cual deberá ser enviado a la brevedad posible a los correos institucionales del actuario o el oficial de partes a las siguientes direcciones: actuario.sga@teep.org.mx y oficialdepartes-sga@teep.org.mx, para habilitar la base de datos respectiva. Con ello, se le informa que al autorizar su correo electrónico, los plazos comenzarán a correr en la forma y términos de la legislación aplicable. En razón de lo anterior los acuerdos y resoluciones a notificar, deberán tener la especificación de que deban ser informados por este medio.

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Puebla resolverá cualquier caso no previsto relacionada con la aplicación de los presentes lineamientos.

El Acuerdo General 01/2020 fue aprobado en sesión privada de diecisiete de marzo de dos mil veinte y entrará en vigor a partir de su publicación en los estrados del Tribunal Electoral del Estado.

Las medidas establecidas en este Acuerdo inician a partir de su publicación y permanecerán vigentes hasta en tanto se emitan otras disposiciones por las autoridades de salud, o el Pleno de este Tribunal Electoral.

Así lo acordaron por unanimidad de votos la Magistrada y los Magistrados que integran el Tribunal Electoral del Estado de Puebla, ante el Secretario General de Acuerdos que autoriza y da fe.

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