Rossi A. G.
El día de hoy los hemos convocado para informarles que presentamos un escrito para reprogramar la asamblea estatal de “Movimiento Antorcha Campesina” agendada para este domingo y en su lugar celebrar otra asamblea el día 31 de enero del presente año, para destituir a la Mesa Directiva de esta organización y revocar sus documentos básicos, así como para restituir en sus derechos a los integrantes de “Podemos Puebla”. Informamos que hemos estado todo el día en las oficinas del Instituto y no hemos visto entrar a Eliesser Popocatl, sin embargo, aparece su nombre en el libro de entradas por lo que existe temor fundado de que sea una estrategia más de este personaje con la finalidad de seguir con su fraude.
Por otra parte, hacemos una reseña de todas las irregularidades que hemos detectado en este proceso:
Carta de Intención presentada por Podemos Puebla.- Eliesser Popocatl presenta ante el IEE el 31 de enero de 2019 una Carta de Intención suscrita por un grupo de 5 ciudadanos (Camerina Viveros, Alfredo Sánchez, Jorge Sergio León, Luis Uriza y Eliesser Casiano Popocatl, que pertenecemos a la organización política “Podemos Puebla”.
Falsificación de Firmas.- En el mes de febrero Luis Uriza presenta escrito denunciando que la firma que se le atribuye en la Carta de Intención que presentó Elisser Casiano Popocatl ante el INE no fue estampada de su puño y letra, escrito que fue ratificado el 13 de diciembre de 2019.
Cancelación de asambleas.- Sin avisarnos, en el mes de marzo Eliesser Popócatl presenta un calendario de asambleas a realizarse después de pasadas las elecciones locales, sin embargo, canceló dichas asambleas, por tanto, no obra constancia de haber notificado ésta cancelación a los integrantes de “Podemos Puebla”. Posteriormente, solicita la aprobación de nuevas fechas pero a nombre de “MAP” (“Movimiento Antorchista Poblano”, A.C.), sin avisar a los integrantes “Podemos Puebla”. Extrañamente, el IEE aprueba tales asambleas.
El TEEP niega personalidad a Eliesser Popocatl para promover en representación de Podemos Puebla.- En julio de 2019 Eliesser Popócatl presenta un recurso de apelación ante el Tribunal Electoral, ostentándose como Presidente de Podemos Puebla, que se radicó como (TEEP-A-118/2019), mismo que desechó el TEEP por considerar que no tiene personalidad pues no acreditó ser el representante legal de “Podemos Puebla”. A pesar de lo anterior, el IEE permitió que a partir del mes de enero, Eliesser Popocatl, realizará actividades en representación de “MAP”, sin hacer del conocimiento de los restantes integrantes de “Podemos Puebla”, al contrario, en el mismo mes, el propio IEE niega a Camerina Viveros, las copias certificadas que solicitó de todo o actuado en el señalando que debía pedirlas a Eliesser Popocatl.
Fraude a la ley atribuido a Eliesser Popocatl.- Dentro del expediente TEEP-A-118/2019 se advierte que el 15 de marzo, Eliesser Popocatl, presentó un escrito identificado con clave interna 00589, dirigido a la Titular de la UTF del IEE, informando que “Podemos Puebla” no se encontraba conformada bajo ninguna figura jurídica.
Asimismo, obra un oficio de ocho de mayo, y su anexo, suscritos por el Popocatl Castillo y la Notaría Pública número 51, del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, respectivamente. El primero de ellos identificado con clave interna 00938, dirigido a la Titular de la UTF del IEE, informando Eliesser Popocatl que no contaba con la formalización del acta constitutiva de la asociación civil denominada “Podemos Puebla”, haciendo del conocimiento que la misma se encontraba en trámite y adjuntó para tal efecto una constancia notarial y solicitando se otorgara un término legal para dar cumplimiento a tal disposición. Sin que nuevamente, aportara a esa autoridad, el documento en el que acreditara su representación.
El propio Elieser Casiano Popocatl Castillo, anexó un documento signado el ocho de mayo por la Notaria Pública número 51, del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, en el que la fedataria indicó que “se están reuniendo todos los elementos necesarios, para formalizar la escritura mediante la cual se constituirá una ASOCIACIÓN CIVIL que solicita el Licenciado ELIESER CASIANO POPOCATL CASTILLO, cuyo objeto principal será la conformación de un Partido Político Estatal, habiéndose solicitado las denominaciones para su autorización: SI PODEMOS PUEBLA, A.C.; PODEMOS PUEBLA VA. A.C., Y POBLANOS SI
PODEMOS, A.C.”. Más aún, ante el Tribunal Electoral del Estado de Puebla, la fedataria mencionada informó que POPOCATL CASTILLO no regresó a dar seguimiento a la constitución de la asociación.
A nadie aprovecha su propio dolo.- Si “Podemos Puebla” no se ha constituido ante notario es porque Eliesser Popocatl no continuó con el procedimiento correspondiente, como en su momento lo hizo saber la Notaria 51 de esta ciudad y dentro del expediente no existe documento del que se advierta que las 3 denominaciones señaladas en el párrafo anterior así como la de “Podemos Puebla”; hayan sido rechazadas por la Secretaría de Economía.
Constitución de “Movimiento Antorchista Poblano”, A.C.- El 2 de octubre Aquiles Montaño Brito (Director General), Eliesser Popócatl, y Alejandro Romero, constituyen una A.C. llamada “Movimiento Antorchista Poblano” (“Movimiento Antorchista Poblano”). El supuesto fundamento de esa Asociación es una asamblea celebrada entre estos tres personajes el día 21 de enero de 2019, como se advierte de la carátula de sus Estatutos que se agregan a su Acta Constitutiva.
Observación.- La prueba certificada que se exhibe de esta escritura pública está fechada el 2 de octubre pero el número de hojas difiere, pues en la certificación se señala que son 26 fojas pero al contarlas aparecen 37, además que en 2 de las credenciales para votar aparece una leyenda del 3 de octubre de ese año, siendo imposible que la certificación sea anterior a esa fecha.
Indebido objeto social del “Movimiento Antorchista Poblano”.- El objeto principal del “Movimiento Antorchista Poblano” es constituir partidos políticos y oficinas de éste en las entidades federativas y a nivel Nacional, lo que no es compatible con la naturaleza de un partido local en el Estado de Puebla.
Interrogantes: Si la asamblea constitutiva del “Movimiento Antorchista Poblano” en realidad fue celebrada el día 21 de enero de 2019, cómo es que 10 días después es decir, el 31 de enero de 2019, estos 3 personajes no presentaron ante el IEE una Carta de Intención para obtener la aprobación de su registro como partido político, sino que Eliesser Popocatl, se presentó con esta finalidad, con otras 4 personas organizadas como Grupo de Ciudadanos “Podemos Puebla”.
Diligencias para mejor proveer.- Dentro del Acuerdo número CG/AC-074/19 del Consejo General del IEE, se dictaron “diligencias para mejor
proveer” en la asamblea que concluyó el día nueve de diciembre del presente año, requiriendo a los integrantes de “Podemos Puebla” a informar exhibir “conjuntamente”, diversa documentación, lo que no ocurrió en la especie, pues el día 13 de diciembre se presentaron en lo individual, por una parte, Camerina Viveros, y por otra Luis Uriza; la primera de ellas negando toda personalidad de “Movimiento Antorchista Poblano”, el segundo, denunciando la falsificación de su firma en la Carta de Intención exhibida por Eliesser Popocatl.
En la misma fecha, Eliesser Popocatl, presentó una prueba prefabricada, sin fecha cierta por no haberse presentado ante autoridad alguna que diera certeza del acto; este supuesto documento tiene como fecha el 8 de septiembre de 2019, y en ella se pretende hacer creer que en una sesión de trabajo, se reunieron estos 3 personajes para acordar el cambio de nombre de “Podemos Puebla” por “Movimiento Antorchista Poblano” (la solicitud de registro ante Secretaría de economía se realizó 4 días antes: el 4 de septiembre de ese año), y la inclusión de 2 personas más (Aquiles Montaño Brito y Alejandro Romero), que junto con Eliesser Popocatl, formarían parte de la Mesa Directiva.
Falsedad de la sesión de trabajo exhibida por Eliesser Popocatl y compañía.- Es claro que el acta levantada en la sesión de trabajo mencionada (8 septiembre 2019), es una prueba prefabricada pues el Acta Constitutiva de “Movimiento Antorchista Poblano”, A. C. (2 de octubre de 2019), no la menciona en forma alguna, al contrario, ésta última se basa en una asamblea supuestamente celebrada desde el día 21 de enero de 2019, entre Eliesser Popocatl y 2 personas ajenas a “Podemos Puebla” (Aquiles Montaño y Aejandro romero); más aún, en una “sesión de trabajo” o “mesa de trabajo”, no pueden tocarse asuntos de la importancia de: cambio de logo y denominación de una asociación, inclusión de nuevos integrantes y nombramiento de mesa directiva; tampoco obran las constancias de las supuestas convocatorias realizadas, pues jamás se convocó a Camerina Viveros, aunque se sostenga lo contrario, tampoco se nombró presidente y secretario de la asamblea, ni escrutador, ni se advirtió cuál era el mínimo de asistentes para integrar quorum; tampoco se advierte quien presenta cada punto del Orden del Día; en los acuerdos no se votan puntos como la inclusión de nuevos miembros, entre otras cosas.
Asimismo, en esta sesión de trabajo la mitad de las acuerdos consisten en otorgar a Eliesser Popocatl, tanto la representación legal como la
facultad de administrar los recursos y cuentas bancarias de “Movimiento Antorchista Poblano”, lo que corroboran Eliesser Popocatl, Alfredo Sánchez y Jorge Sergio León, en su comparecencia de fecha 13 de diciembre de 2019 ante el Instituto, cuando en realidad el Acta Constitutiva de “MAP” a quien le otorga facultades en este sentido es a Aquiles Montaño, y quien aparece autorizado en la cuenta que se apertura a nombre de esta empresa es este último.
Ninguna de las personas que suscribimos la Carta Intención fue nombrada “Representante del Partido ante el IEE”, por lo tanto, Eliesser Popocatl no está facultado para sustituirlo, ni realizar ninguna acción en su representación.
No existe documento alguno en el que se señale si las decisiones Podemos Puebla las tomamos por unanimidad, por mayoría simple o calificada, por lo que todos y cada uno de los actos vinculados al registro del partido político debemos hacerlo mancomunadamente todos los suscriptores de la Carta Intención, máxime cuando hasta la fecha se ha exhibido convocatoria para alguna asamblea de “Podemos Puebla”.
Fiscalización.- Eliesser Popocatl, sin tener facultades para representar ni administrar los recursos de “Podemos Puebla” presenta informes en “0” del mes de febrero a octubre del año 2019, posteriormente, presenta informes bancarios de una cuenta administrada por Aquiles Montaño Brito, rindiendo informes parciales, pues mientras informa sobre contratos de arrendamiento de locales, no informa gastos de operación, servicios públicos ni papelería; mientras dice informar sobre gatos de gasolina y casetas, no informa sobre los vehículos utilizados, ni los recursos invertidos en éstos ni para su movilización; mientras dice informar sobre gastos de asambleas, no informa sobre los actos previos a dichas asambleas; mientras dice informar gastos de propaganda y publicidad, no informa el origen ni destino de ésta, su contenido, lugares donde la distribuyó o colocó, recursos utilizados para este fin; tampoco informa sobre origen y aplicación de recursos para las ruedas de prensa y eventos realizados con motivo de los 45 años de “Antorcha Campesina” en el que se dio a conocer la creación del “MAP”.
No sustitución.- En materia electoral no opera la sustitución de una organización política por otra. Aunque pretendan hacer creer que lo único que se modificó fue el logo y denominación de “Podemos Puebla” por “MAP”, lo cierto es que cambió todo, empezando por sus integrantes, desplazando a quienes suscribieron la Carta de Intención.
Ni los integrantes de Podemos Puebla, ni esta denominación y su logo podían ser sustituidos por terceros que no suscribieron la Carta Intención dentro del término legal.
Confusión con otras organizaciones.- El nombre de “Movimientos Antorchista Poblano”, su logo y colores, provocan confusión con diversas A.C. y partidos políticos que están registrados previamente.
Violación a la prohibición de la participación de organizaciones gremiales y sindicatos.- El domicilio señalado en los Estatutos de “Movimiento Antorchista Poblano”, es el mismo donde se encuentran las instalaciones de “Antorcha Campesina”, lo mismo sucede respecto a los supuestos locales arrendados en el interior del Estado; el vocero de “Antorcha Campesina” en Puebla, desde hace años es Aquiles Montaño Brito, quien funge como Director General del “Movimiento Antorchista Poblano”, en diversas ruedas de prensa dadas por “Antorcha Campesina”, con motivo de la celebración de sus 45 años, señalaron que el objeto de los eventos masivos que realizarían por todo México (incluyendo Puebla), era dar a conocer la creación de su nuevo partido político; en las páginas oficiales de “Antorcha Campesina” y sus redes sociales, se han dado a conocer tanto las ruedas de prensa, como eventos y asambleas distritales de “MAP”. En todos estos actos se advierte acarreo, y promesas de beneficios económicos y políticos, entre otras cosas.
Violación a principios electorales: Legalidad, Imparcialidad, Objetividad, Certeza, Independencia, Neutralidad; Principio democrático de presunción de validez de los actos ciudadanos; Principio de conservación del acto electoral; Principio de no falseamiento; Respeto al derecho de asociación política; Principio de debido proceso; Violación a la garantía de audiencia; Principio del respeto a las condiciones de validez de las actuaciones electorales; Principio de congruencia de las determinaciones, sentencias, resoluciones o acuerdos de las autoridades electorales; Principio de interdicción de la arbitrariedad; Principio Pro Persona; Principio de cuota femenina y de paridad.
Además, existe violencia política contra la única mujer suscriptora de la Carta Intención: Camerina Viveros, de acuerdo con lo previsto en el Protocolo para atender la Violencia Política contra las Mujeres.
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