Una orden de reformar la Constitución, mandato de CIDH a México sobre prisión preventiva oficiosa

Staff/RG

La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre el caso de Daniel García y Reyes Alpízar –quienes estuvieron encarcelados 17 años, sin sentencia–, que ordena al Gobierno de México eliminar la figura de la prisión preventiva oficiosa, “es una orden de reformar la constitución”, para eliminar de ella disposiciones que están violando la Convención Americana sobre Derechos Humanos, puntualizó el Mtro. Santiago Corcuera Cabezut, académico de la IBERO.

El profesor del Departamento de Derecho detalló que el fondo de esta sentencia se refiere a dos cuestiones. La primera, es la inconvencionalidad de la figura del arraigo como una supuesta medida cautelar, que resulta completamente contraria a los principios de seguridad jurídica, seguridad personal y libertad, que ha sido considerada por todas las instancias internacionales que la han estudiado como una detención arbitraria. Y la segunda es la prisión preventiva oficiosa o automática.

Sobre ambas figuras jurídicas, contempladas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los ordenamientos de carácter procesal penal en México, la Corte Interamericana de Derechos Humanos concluyó que son prácticas contrarias a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, o sea, son inconvencionales.

Por lo tanto, al contemplar en su constitución al arraigo y la prisión preventiva oficiosa, “México ha violado las obligaciones contenidas en la convención americana, de adoptar medidas legislativas para que se cumpla con la convención”, dijo Corcuera (quien actuó como perito en el caso de Rosendo Radilla Pacheco contra los Estados Unidos Mexicanos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos).

Entonces, lo que le está diciendo la Corte IDH a México, mediante una sentencia, que es vinculante para el Estado mexicano y que éste se compromete a cumplir de acuerdo con la convención y el reconocimiento de la competencia de la corte, “es que el Estado mexicano, a través de los organismos y órganos legislativos que correspondan, debe ajustar su orden jurídico, incluyendo la constitución, a lo que dice la convención”.

A diferencia de la sentencia emitida en enero pasado por la corte sobre la figura de la prisión preventiva, criticada por el Secretario de Gobernación, el abogado resaltó que en esta ocasión el Estado mexicano, a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración y la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos, ha sido más prudente, al anunciarse que se está revisando la sentencia, con el fin de atender y cumplir con lo ordenado.

“Lo que queremos es que el gobierno de México respete sus compromisos internacionales, que asumió soberanamente, y que se cumpla con la sentencia a cabalidad”, indicó el maestro Santiago Corcuera, quien fuera coordinador del Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México.

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