Staff/RG
- Los documentos serán aprobados por el Consejo General del INE el próximo lunes 26 de septiembre
- La Comisión avala el nombramiento temporal de Juan Carlos Minor Márquez como Consejero Presidente del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones
El Plan Integral y Calendarios de Coordinación de los Procesos Electorales Locales (PEL) 2022-2023 en Coahuila y Estado de México son “la carta de navegación” que dará orden para llevar a cabo el seguimiento puntual de las actividades del próximo año en ambas entidades, subrayó la Consejera Dania Ravel, presidenta de la Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Locales (OPL), de Instituto Nacional Electoral (INE).
Durante la sesión de la Comisión, afirmó que el Plan y los Calendarios tienen flexibilidad para hacer las adecuaciones necesarias según consideren las autoridades electorales -OPL y Juntas Locales- y en caso de aprobarse posibles modificaciones a las legislaciones locales, los cambios a estos instrumentos se pueden realizar, ya que dichos mecanismos cuentan con una ruta para hacerlo.
Al exponer la ruta que aplicarán el INE y los OPL en el Plan y los Calendarios, el Secretario Técnico de la Comisión, Miguel Ángel Patiño, describió ambos documentos como instrumentos por medio de los cuales el Instituto planea y da seguimiento a la correcta realización de los PEL, construidos desde oficinas centrales bajo la coordinación de la Secretaría Ejecutiva, la Unidad de Vinculación con OPL, así como por las Juntas Locales Ejecutivas de ambas entidades y los institutos electorales de Coahuila y Estado de México.
Así, anotó, para el PEL 2022-2023 se propone considerar 22 subprocesos esenciales con 205 actividades en el caso de Coahuila y 185 para el Estado de México.
En Coahuila el proceso iniciará el 1 de enero de año próximo, las campañas electorales tendrán una duración de 60 días a partir del 2 de abril al 31 de mayo. Los cómputos municipales y distritales iniciarán el 7 de junio y terminarán a más tardar el 10 del mismo mes.
En el Estado de México el proceso comenzará entre el 1 y el 7 de enero de 2023, las campañas tendrán una duración de 59 días y serán realizadas en las fechas correspondientes según se determine. Los cómputos municipales y distritales iniciarán el 7 de junio.
En ambos procesos, adicionó, se aplicará el voto para residentes en el extranjero, en la modalidad postal y por internet, a su vez, operará el programa piloto del voto de las y los mexicanos residentes en el extranjero de forma presencial.
INE marcará la pauta de los PEL, a lo que tendrán que sujetarse los partidos políticos
El Consejero Jaime Rivera -integrante de la Comisión- señaló que el Plan y los Calendarios representan el arranque necesario de los procesos locales en donde hay actividades en los que el INE marca la pauta a la que deberán sujetarse los partidos políticos.
Además, se registran los plazos indispensables como la instalación de los Consejos Locales y la convocatoria para Capacitadores Asistentes Electorales, entre otras y, por otra parte, agregó, se encuentran aquellas actividades que son responsabilidad de los OPL y que se deberán considerar para atender propuestas de los partidos políticos a nivel local.
Este calendario está sujeto a eventuales modificaciones según las necesidades a que haya lugar, de tal manera que se arranca, pero no se detienen la aprobación de los plazos en caso de recibir propuestas de modificaciones, que serán aprobadas por el Consejo General, enfatizó.
Avala INE nombramiento de la Presidencia en el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones
En otro punto de la sesión, la Comisión aprobó por unanimidad la designación de Juan Carlos Minor Márquez como Consejero Presidente del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), luego de que el 22 de agosto el Consejo General declaró desierto el proceso de selección de la Presidencia.
La Consejera Dania Ravel recordó que el pasado 4 de septiembre el Consejo Local del ITE designó por unanimidad de votos como Consejero Presidente Provisional a Minor Márquez, de acuerdo con las modificaciones del Reglamento del INE para la designación y remoción de las presidencias y las y los Consejeros Electorales, el cual establece que los Consejos Locales puedan elegir de forma temporal la Presidencia.
En congruencia con las modificaciones al Reglamento del INE, se establecieron criterios para el nombramiento de las presidencias provisionales a considerar, entre ellas, el tiempo y la experiencia en el cargo, el desempeño en el ejercicio y el cumplimiento de las actividades en apego a los principios rectores en materia electoral.
De la misma forma, el trabajo en equipo y la habilidad para generar consensos, la situación particular del OPL, el grado de cohesión y el clima laboral prevaleciente, la relación con las áreas ejecutivas y técnicas y con las y los representantes de los partidos políticos, la trayectoria laboral, la habilidad y el liderazgo, así como la experiencia en la gestión de recursos y negociación.
Todos esos criterios, advirtió la Consejera Ravel, los reúne el Consejero Electoral Minor Márquez, quien además de ser elegido por el Consejo del OPL también congrega el consenso y la valoración de las y los integrantes de la Comisión de Vinculación del INE, y cuyo nombramiento se someterá al Consejo General.
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