Jorge Barrientos.
La diputada local Nora Merino Escamilla, reconoció que la clasificación de “la violencia digital” pondrá un alto a la difusión, sin consentimiento, de material de audio o video que denigre la imagen de una mujer en el internet.
Señaló que, en comisiones, fue aprobada una reforma al artículo 23 de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece que toda acción que atente contra la integridad, la intimidad, la libertad o la vida privada de una fémina serán castigadas.
Aclaró que la principal diferencia con la Ley Olimpia es que con la reforma a esta ley se prevé todo tipo de difusión de contenido violento contra las mujeres, mientras que en la Ley Olimpia únicamente se tipifica el contenido sexual.
“Hablamos de cualquier contenido violento y no solo de contenido intimo sino de cualquier tipo de violencia a través de imágenes, audios o videos, por ejemplo, cuando una mujer está hablando por teléfono y es grabada para después usar el audio editarlo y exhibir como se expresa”.
Aseguró que con esta reforma Puebla es el estado que tiene la legislación más fortalecida en la materia.
Nora Merino comentó que debido a que esta reforma únicamente clasifica la violencia digital, serán los jueces quienes determinen el castigo correspondiente en cada caso conforme lo que dictamina el Código Penal del estado en materia de violencia.
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