Rossi A. G.
· Para garantizar el derecho de acceso a la información.
Durante la quinta sesión ordinaria de Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado (ITAIPUE), encabezada por la Comisionada Presidenta, Marcela Carcaño Ruiz, y los Comisionados Propietarios, Gabriela Sierra Palacios, así como Carlos Loeschmann Moreno, se resolvieron 16 recursos de revisión en materia de acceso a la información pública.
En este sentido, los comisionados revocaron el acto impugnado en el expediente 18/PRESIDENCIA MPAL PUEBLA-02/2019 referente a información sobre los permisos de una estación de servicios, por lo que el Ayuntamiento de Puebla deberá realizar una búsqueda exhaustiva o en su caso someter al Comité de Transparencia su inexistencia, siguiendo el proceso que establece la Ley.
También el expediente 443/PRESIDENCIA MPAL SAN ANDRÉS CHOLULA-24/2018 fue revocado, por lo que la autoridad municipal deberá generar la información sobre los organigramas de cada una de sus unidades administrativas, notificando la misma al recurrente mediante correo electrónico.
A este mismo ayuntamiento se le revocó la respuesta en el expediente 449/PRESIDENCIA MPAL-SAN ANDRÉS CHOLULA-25/2018, por lo que deberá realizar una búsqueda exhaustiva de información relacionada con el Instituto de Arte y Cultura municipal, así como proporcionar, de manera legible, la documentación concerniente al recibo de nómina de su titular.
En este mismo sentido se pronunció el Pleno al revocar la respuesta en el expediente 46/PRESIDENCIA MPAL TEZIUTLÁN-05/2019 por lo que el Ayuntamiento de Teziutlán deberá entregar el acta de Sesión de Cabildo en la que se haya abordado el tema de la reconstrucción y renovación del parque San Diego, ubicado en la junta auxiliar del mismo nombre, así como su contrato y plano.
A este misma administración municipal, se determinó revocar el acto impugnado en el expediente 07/PRESIDENCIA MPAL-TEZIUTLÁN-02/2019 para que dé respuesta a la solicitud de información cumpliendo con los principios de congruencia y exhaustividad, al tiempo que se propuso dar vista a la su contraloría interna.
Respecto al expediente 08/PRESIDENCIA MPAL TLACOTEPEC DE BENITO JUÁREZ-01/2019, los comisionados resolvieron revocar el acto reclamado para que dicho ayuntamiento entregue información referente a los manuales administrativos, tabulador de sueldos, nombres de los titulares de las dependencias, así como su nivel educativo y cédulas profesionales avaladas por la SEP.
También al Ayuntamiento de Tlacotepec de Benito Juárez, se le revocó la respuesta otorgada en el expediente 35/PRESIDENCIA MPAL TLACOTEPEC DE BENITO JUÁREZ-02/2019 que ampara el requerimiento de información diversa sobre la plantilla laboral, deuda pública, directorio de áreas administrativas, horarios y rutas de recolección de basura, entre otros. En ambos casos, se determinó dar vista a su contraloría interna por la falta de respuesta por parte de su titular de transparencia.
Los comisionados determinaron revocar el acto reclamado en el recurso 14/PRESIDENCIA MPAL TEHUACÁN-05/2019, por lo que las autoridades municipales de Tehuacán deberán entregar información referente a la plantilla laboral, así como a las sesiones de cabildo, notificado al agraviado en el medio señalado.
Con referencia al expediente 17/PRESIDENCIA MPAL TEHUACÁN-08/2019, este mismo ayuntamiento deberá entregar información respecto a los registros de incidencia de los delitos en el municipio.
De igual manera, en el expediente 16/PRESIDENCIA MPAL TEHUACÁN-07/2019, que comprende una solicitud de nueve puntos, el Pleno determinó revocar los marcados con los números, 2, 3, 4, 6 y 7 para que los atienda en concordancia con lo formulado.
Cabe destacar que fueron sobreseídos los recursos de revisión marcados con los expedientes 62/PRESIDENCIA MPAL TEHUACÁN-10/2019, 425/PRESIDENCIA MPAL TEPANCO DE LÓPEZ-01/2018 y su acumulado 436/PRESIDENCIA MPAL TEPANCO DE LÓPEZ-04/2018, 428/PRESIDENCIA MPAL TEPANCO DE LÓPEZ-03/2018, 03/PRESIDENCIA MPAL TEHUACÁN-02/2019, 09/PRESIDENCIA MPAL SANTIAGO MIAHUATLÁN-01/2019, así como el 20/PRESIDENCIA MPAL TEZIUTLÁN-03/2019.
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