Aprueban en Comisión del Congreso el establecimiento de la figura de Diputado Migrante

– También aprueban reformas a la Constitución del Estado, en materia Judicial

– Avalan reformas a la Constitución Federal en materia de no reelección y nepotismo electoral, así como en la protección de maíces nativos

Desde Puebla

En sesión de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado, se aprobó el proyecto de dictamen para reformar y adicionar diversas disposiciones del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, con la finalidad de establecer la figura de Diputado Migrante.

La cual se define como la persona poblana con residencia binacional que habiendo cumplido los requisitos y condiciones dispuestas en materia de nacionalidad y ciudadanía, así como por el código y la normatividad aplicable, resulte electa por el principio de representación proporcional como diputada o diputado local

El proyecto de dictamen señala los requisitos especiales para ser Diputada o Diputado Migrante, así como los documentos para acreditarlos: se establece que los partidos políticos deberán intercalar el género de la Diputación Migrante en cada proceso electoral, así como garantizar la postulación de la o el Diputado Migrante, dentro de los primeros cinco lugares de la lista plurinominal.

Por otra parte, el órgano colegiado aprobó el proyecto de dictamen para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Puebla.

En cuanto a las reformas en materia judicial, se establece la separación del Tribunal de Justicia Administrativa del Poder Judicial, para ser un organismo autónomo; la elección de magistradas y magistrados jueces y juezas a través del voto popular el mismo día de las elecciones federales ordinarias.

Se crea el Tribunal de Disciplina Judicial, electo por el voto, así como el Órgano de Administración Judicial, electo por los tres poderes del Estado.

La elección de integrantes del Poder Judicial, se llevará a cabo el primer domingo de junio de 2027. También se prohíbe la creación de fondos, fideicomisos, mandatos o contratos análogos no previstos en la Ley; de igual manera, las reformas establecen que magistradas y magistrados, jueces y juezas durarán en su cargo nueve años, pudiendo ser reelectos.

Asimismo, el proyecto de dictamen, formulado a través del principio de concentración de 11 iniciativas, incorpora:

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