Staff/RG
- Aún está vigente el periodo de transición entre el TLCAN y el T-MEC, en el que es posible levantar reclamos
Las empresas que consideren afectadas sus inversiones deberán presentar una queja formal durante el primer trimestre de este año
Ciudad de México, 27 de febrero, 2023. Aquellos inversionistas que tengan alguna reclamación en el marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) deben estar listos para presentar su notificación de intención de someter sus reclamaciones a arbitraje antes del 30 de marzo de 2023, advirtió Jair Bravo, Socio Director de Bravo Abogados.
Al entrar en vigor el T-MEC, el 1 de julio de 2020, abrogó al TLCAN, sin embargo, el plazo para someter reclamaciones a arbitraje bajo la protección del TLCAN expira tres años después de la terminación del primer tratado.
De acuerdo con el experto, aquellos que tienen o tenían un posible reclamo en contra de México como Estado receptor de una inversión, debieron tomar algunas medidas antes de someter sus reclamaciones a arbitraje, por ejemplo:
– Después de que haber transcurrido seis meses desde los acontecimientos que dieron lugar a una reclamación.
– Debieron intentar resolver el reclamo a través de consultas o negociaciones con el gobierno mexicano a más tardar el 30 de enero de 2023.
– Los inversionistas deben entregar la notificación por escrito de su intención de someter una reclamación a arbitraje al menos 90 días antes de presentar la reclamación, es decir, a más tardar el 30 de marzo de 2023.
Sin embargo, no todo está perdido, aseguró Bravo, pues aquellos que no tienen una reclamación a la fecha, deben de pensar en el treaty shopping para buscar un tratado que proteja sus inversiones. Este tipo de acciones implican reorganizaciones o reestructuraciones corporativas de alta complejidad para calificar, por ejemplo, como inversor extranjero que opera dentro de un estado que tenga celebrado un Acuerdo de Protección Recíproca de Inversiones (APPRI) con México; procedimiento que requiere del más alto nivel de asesoría.
“El no optar por este tipo de protección puede atraer situaciones adversas a los inversionistas extranjeros e incluso nacionales en México”, aseguró el especialista, quien agregó que “se cuenta todavía con un plazo razonable para analizar la mejor jurisdicción, diseñar e implementar este tipo de planeación”.
Tanto el TLCAN como el T-MEC contienen disposiciones que protegen los derechos de los inversionistas de una parte contratante que invierte en el territorio de otra parte contratante, explicó el abogado.
El T-MEC es un tratado de nueva generación que limita beneficios en materia de protección a la inversión extranjera, sin embargo, México tiene celebrados 12 tratados de libre comercio con 46 países y 32 Acuerdos para la Protección Recíproca de las Inversiones (APPRIS), muchos de los cuales son tratados de vieja generación que protegen en mayor medida a la inversión extranjera en México.
Entre las industrias más afectadas se encuentran las de tecnologías de la Información, comunicaciones, energía, fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos, automotriz, alimentos, siderúrgica, metalúrgica, química, gases industriales, papeleras, petroquímica, oil & gas, farmacéutica, salud, tabaco, minería, transporte, textil, entretenimiento y construcción.
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