Congreso de Puebla no avalará que el ayuntamiento de Puebla cobre el Derecho de Alumbrado, reiteró Nora Merino

  • Por enésima vez arremetió contra la presidenta municipal

Jorge Barrientos

La diputada local Nora Merino Escamilla corrigió la plana a la alcaldesa capitalina Claudia Rivera Vivanco, quien solicitara al Congreso local subsane diversas inconsistencias detectadas en la Ley de Ingresos y revertir el fallo para la eliminación del Derecho de Alumbrado Público (DAP), que consideró “un desatino total” el quitarlo.

En este sentido, la también presidenta de la Mesa Directiva del Congreso comentó que el DAP (Derecho al Alumbrado Público) es un cobro que efectivamente se tenía contemplado en el proyecto de ley de ingresos para el ejercicio fiscal 2021 por el ayuntamiento de Puebla, mismo que asciende a casi 140 millones de pesos en recaudación.

Aseguró que la Ley de Ingresos del Municipio Puebla fue recibida y dictaminada por la Comisión General de Hacienda y Crédito Público del Congreso del Estado y después de un análisis, tomó la decisión colegiada de eliminar dicho derecho de la Ley en acatamiento a la resolución que estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre las leyes de ingresos de 2020 en diversos municipios, en los cuales establece de manera contundente que su cobro es competencia exclusiva de la federación, ya que su regulación es obligación del Congreso de la Unión.

Cabe mencionar que ésta no fue la única Ley de Ingresos Municipal que tuvo que ser ajustada por esta soberanía, ya que otros municipios presentaron el mismo concepto.

“En el caso particular del concepto del cual la Presidenta Municipal se adolece, no cumplía con los estándares legales mínimos para su procedencia, es más, el mismo obraba en abierto desacato a lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.

Asimismo, hizo un exhorto al equipo técnico y jurídico de la Presidenta Municipal para que revise la acción de Inconstitucionalidad 87/2020, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, donde se establece la presente prohibición a proceder al cobro exigido en los recientes comentarios.

Siendo ésta la resolución idónea para comprender los legítimos motivos que esta soberanía tuvo para detener esta ilegalidad en beneficio de la ciudadanía.

Comentó que “las ambiciones personales no deben de afectar a las y los ciudadanos, que las prisas y el desconocimiento no provoquen el caer en actos ilegales que lo único que producen es un daño al patrimonio de quienes representamos y sobre todo, que no se pretendan justificar los errores cometidos llevándolos al campo de lo político”.

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