LA JORNADA
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo 3/2024 del Pleno de los ministros que ordena a los tribunales del país congelar temporalmente el dictado de resoluciones de amparos y recursos en contra de la reforma del 2023 a la Ley Minera, dado que será ese Alto Tribunal la instancia que resuelva en definitiva sobre su constitucionalidad.
La medida dictada por los ministros fue tomada en sesión privada del pasado jueves 11 de julio, ya la Corte tiene pendientes de resolver 11 recursos: la acción de inconstitucionalidad 129/2023; la controversia constitucional 86/2024; y los amparos en revisión 337/2024, 379/2024, 391/2024, 422/2024, 465/2024, 466/2024, 476/2024, 571/2024 y 583/2024.
El Pleno de la Corte tomó el Acuerdo 3/2024 sobre la acción de inconstitucionalidad presentada por diputados federales de oposición, y que el 16 de junio de 2023 se turnó al ministro Alberto Pérez Dayán como instructor.
“En las contradicciones de criterios del conocimiento de los Plenos Regionales, así como en los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, en los que subsista el análisis de constitucionalidad del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Minera, de la Ley de Aguas Nacionales, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de concesiones para minería y agua, publicado en el Diario Oficial de la Federación del ocho de mayo de dos mil veintitrés, se deberá continuar el trámite hasta el estado de resolución y aplazar el dictado de ésta, hasta en tanto este Alto Tribunal establezca el o los criterios respectivos, y se emita el Acuerdo General Plenario que corresponda”, se publicó en el DOF.
El Acuerdo General en el DOF entrará en vigor a partir de mañana martes 16 de julio, el cual deberán acatar todos los tribunales colegiados que tienen asuntos pendiente por resolver contra la reforma, que entre otros cambios a la ley reduce las concesiones mineras de 50 a 30 años; prohíbe que éstas se otorguen en áreas naturales protegidas, zonas que pongan en peligro a la población y zonas sin disponibilidad de agua; y se reserva para el Estado la exploración, explotación, beneficio, uso y aprovechamiento de los minerales o sustancias estratégicas para el mismo Estado, entre otros.
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