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La experta de la ONU ha expresado hoy su preocupación por el hecho de que la adopción de una nueva ley sobre consentimiento sexual en España haya reducido de hecho la duración de las penas impuestas a los autores de violencia contra las mujeres.
“Aunque no se puede dar marcha atrás, ahora es crucial que el Gobierno español y sus instituciones supervisen el impacto real de la puesta en libertad anticipada de los autores de violencia en la vida de las víctimas, traten de minimizar la revictimización y garanticen su protección”, afirmó Reem Al Salem, Relatora Especial de la ONU sobre la violencia contra las mujeres y las niñas.
Según el Consejo General del Poder Judicial, a fecha de 12 de abril de 2023, 943 de 4.000 perpetradores de violencia sexual que cumplían penas de prisión han visto reducidas sus penas tras la aprobación de la Ley Orgánica de garantía integral de libertad sexual, también conocida como Ley de Consentimiento Sexual o Ley “Solo Sí es Sí”.
La experta señaló que el Presidente del Gobierno español pidió disculpas públicamente a las víctimas en abril por el impacto involuntario de la nueva ley, lo cual es encomiable. También señaló que la revisión de la Ley Orgánica de 27 de abril de 2023 restableció los niveles de castigo para los delitos sexuales y de género contra las mujeres y los menores de edad que existían en el Código Penal antes de que se introdujera la nueva ley.
“Las consecuencias negativas lamentablemente han eclipsado muchos aspectos positivos de la ley de consentimiento sexual, que incluyen medidas preventivas para combatir la violencia sexual; reconocimiento de los derechos de las víctimas y facilitación de su acceso a los recursos; énfasis en la obligación del Estado de proporcionar asistencia jurídica y médica; y garantías del derecho a la reparación”, dijo Al Salem.
Le preocupa que la ley no haya ido acompañada de recursos para garantizar su correcta aplicación. Se calcula que un tercio de las víctimas de violencia sexual en España no ha recibido ninguna compensación por la violencia sufrida. Alrededor de la mitad de las víctimas no reciben ninguna compensación prevista en las sentencias impuestas por los tribunales a sus agresores.
“Utilizar el umbral de si hubo consentimiento o no como carga de la prueba pierde sentido en muchas situaciones y puede llevar a que la carga de la prueba recaiga en las víctimas y no en los agresores”, afirmó la Relatora Especial citando casos de trata de mujeres con fines de explotación sexual y abuso, y de explotación de la prostitución y la pornografía.
“Para un país con una elevada tasa de feminicidios, reducir las penas de los culpables de
perpetrar actos de violencia sexual -contra mujeres y menores de edad- envía un mensaje erróneo sobre las prioridades del Estado a la hora de acabar con la violencia contra mujeres y la niñez y luchar contra la impunidad de tales delitos”, dijo Al Salem.
La desafortunada consecuencia de la ley podría haberse evitado si se hubiera prestado más atención a las voces de las distintas partes interesadas que habían advertido contra esta consecuencia obstructiva, como las expresadas por organizaciones de la sociedad civil, políticos y el Consejo General del Poder Judicial, dijo la experta.
“Dada la importancia de la ley y sus implicaciones de largo alcance para las víctimas de víctimas de violencia sexual, debería haberse concedido más tiempo a las consultas sobre el proyecto de ley, en lugar de apresurarse a aprobarlo”, afirmó la Relatora Especial.
La experta también recomendó que la ley incluyera una descripción más clara de la palabra
género”, más acorde con el estándar internacional de derechos humanos, y una distinción más clara en la ley entre los términos “sexo” y “género”.
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