Héctor A. Gil Müller
México, hoy convulso y con los episodios que nos hacen estar viviendo nuestro presente. Siempre sumido en álgidos temas del día a día como una guerra comercial externa, una guerra fratricida interna, una modificación sustancial a la forma de entender la posición del juzgador ahora es de elección lo que antes era selección, hemos pasado del radar lo mas lejano, entre ello un cambio importante en la impartición de justicia por la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Cuando sentimos que perdemos el mañana ¿Qué vamos a andar pensando en los siguientes años?… Pensar en el futuro nos hace urgir lo necesario para recibirlo. La realización se encuentra cuando vivimos lo importante y no urgente. Cuando vivimos lo urgente e importante estamos en una zona de acción bastante crítica. Apagar fuegos nubla la visión y no nos deja ver más allá que la urgencia que atender.
El Código es sumamente relevante, estamos ante un instrumento adjetivo que aplicará a nivel federal sobre el derecho sustantivo que seguirá bajo el ámbito estatal. Establece el proceso a nivel federal que conducirá los asuntos según los códigos estatales de la materia.
Este Código se erige sobre tres importantes columnas, la primera de ellas la oralidad. Los juicios civiles y familiares serán orales, ello cambia significativamente el paradigma y la forma de hacer derecho, los abogados en México fuimos entrenados para un sistema escrito, dotado de formulaciones solemnes que elaboraban un discurso que no se entiende, ahora lacónicamente la normatividad procesal establece que “las intervenciones judiciales deberán ser claras y sencillas”.
La segunda columna que soporta este nuevo instrumento es la solución alternativa de controversia, el proceso dispone salidas en cualquier momento mediante la conciliación, incluso reconoce en el juez su participación como conciliador de ser requerido, Hacer del juez un conciliador es confuso pero la intención es clara, la auto-composición es un valor que debe acompañar el futuro de nuestro sistema jurídico. La mediación, la conciliación y el arbitraje que son roles privados para atender lo que antes solo era público habla de la madurez social para auto-componer sus enredos.
El tercer pilar es la tecnología, el nuevo código establece las notificaciones digitales mediante correo electrónico, algo impensable en el anterior modelo. El expediente digital e incluso la incorporación de otros mecanismos de comunicación. Establece también la posibilidad de llevar audiencias de manera remota apoyados por la tecnología, sin duda un gran salto para entender que la justicia no está en discusión con la tecnología, y que es una herramienta que vuelve accesible lo que antes no lo era.
El código ya se encuentra aprobado y será mandatorio para todo el territorio nacional en el 2027, algunas entidades ya han anunciado una implementación temprana, como la Ciudad de México que ya tiene en marcha algunos juicios a la luz de este cuerpo normativo.
Los retos son diversos, desde la institución juzgadora que debe cambiar y romper antiguos paradigmas para re-aprender este modelo, los profesionistas, las escuelas e institutos que forman a los futuros juristas y deben incorporar nuevas competencias para la construcción clara de teorías del caso que puedan exponerse ordenada, lógica y correctamente. Y nosotros, los gobernados, también, que ahora debemos ver una justicia no de pie y con la banda en los ojos, sino a nuestro nivel y dispuesta a hablar.
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