El ciberacoso es tipificado como delito por el Congreso de Puebla

Jorge Barrientos

El Congreso del Estado de Puebla aprobó por unanimidad la reforma que tipifica como delito el ciberacoso y está en puerta la propuesta para tipificar la violencia digital.

Este miércoles durante la sesión pública, los diputados aprobaron el dictamen que propuso la legisladora Nora Merino Escamilla, en el cual se establece que los infractores serán acreedores a una pena que puede ir de los 11 meses a los 3 años de prisión, también una multa de 50 a 300 días de valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Desde la tribuna, la diputada destacó que ello es un logro principalmente de las mujeres que cuya sexualidad ha sido exhibida sin su consentimiento en las redes sociales.

Desde ese lugar anunció que en breve se presentará otra reforma para tipificar como delito la violencia digital, que sufren tanto hombres como mujeres y hasta servidores públicos.

La sanción del ciberacoso:

El artículo 278 Nonies del Código Penal del Estado, estipula que “comete el delito de ciberacoso a quien hostigue o amenace por medio de las nuevas tecnologías de la información y telecomunicaciones (TICS), redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital que cause un daño a la dignidad personal”.

Cuando la víctima sea menor de edad, se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico, la sanción se aumentará desde una tercera parte de la mínima y hasta dos terceras partes de la máxima.

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