SAT insta a personas a inscribirse al régimen de incorporación fiscal.

Gran porcentaje de micro y pequeños negocios trabajan en la informalidad.
Asesoría, información e inscripción son gratuitas y con beneficios: RIF

René R. Coca

Tapachula, Chis; JUN. 12 (interMEDIOS).- Ante el incremento de personas que ofertan productos y servicios de manera individual o a través de micro o pequeños negocios, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) invitó a quienes trabajan en la informalidad para inscribirse al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) a través de las oficinas y módulos especiales que la dependencia ha instalado para este sector, y de esta forma que puedan alcanzar los beneficios que el Gobierno Federal tiene dispuestos para el sector productivo.

El encargado del Módulo RIF ubicado en la Unidad Administrativa, Bernabé Everardo López Tomasini informó que en este módulo se otorga información, asesoría e inscripción gratuita a quienes ya generan ingresos a través de alguna actividad de vender productos y servicios, o bien, contar con algún pequeño o micro negocio pero que están en labores de informalidad.

El funcionario federal comentó que anteriormente el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) era un régimen fiscal donde se hacía un pago bimestral con cuotas fijas y sin necesidad de llevar gastos contables, pero si la persona o el negocio quería emitir facturas o dar de alta a su personal, esto no era posible; por lo que a partir del año 2014, entró en vigor el RIF y quienes estaban en Repecos emigraron automáticamente al sistema como RIF, sin embargo, es importante acudir al SAT o sus módulos para verificar su estado actual de su situación fiscal.

López Tomasini explicó que otra de las ventajas de pertenecer al RIF, además de generar facturas y dar de alta al personal al IMSS e Infonavit, es que durante el primer año el contribuyente no pagará impuestos sobre la renta, y cada año hasta que pasen diez años desde que se inscribió, el SAT ofrece beneficios importantes que pueden consultarse en el portal www.sat.gob.mx

El entrevistado aclaró que para estar en el RIF, los ingresos al año de la persona no deben superar los dos millones de pesos; además de que las declaraciones deberán ser bimestrales con puntualidad; y se puede utilizar el portal del SAT para emitir facturas electrónicas gratuitas. “Se pueden tener varias actividades como persona física, como el tener una tienda y querer pone una papelería” citó.

Finalmente, sobre los beneficios en el IMSS e Infonavit, precisó que los dos primeros años de pertenecer al RIF se tendrá un descuento del 50 por ciento, los otros dos años del 40 por ciento y así sucesivamente hasta cumplir 10 años en el RIF. En cuanto a la inscripción, detalló que solo se requiere como trámite gratuito comprobante de domicilio del establecimiento, ser comerciante o prestador de servicios –por lo que no se requiere de título profesional- CURP e indicar la actividad económica que se realiza.

Cabe destacar que en los últimos años, muchas personas tienen negocio propio al ser despedidos o no contar con algún trabajo estable, pero que trabajan en la informalidad y esto no les da acceso a fuentes de financiamiento, créditos, capacitación y otros beneficios del gobierno a través de las diferentes secretarías o dependencias oficiales, por lo cual es importante trabajar de manera formal ante el SAT.

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