María Huerta
El Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en Puebla declaró inconstitucional el artículo 480 del Código Penal estatal, que tipifica el delito de ciberasedio.
Con lo anterior, se trata de la primera sentencia emitida luego de seis amparos promovidos por la asociación civil Propuesta Cívica, en representación de presuntos periodistas.
El juez determinó que la redacción ambigua y abierta del delito de ciberasedio generaba inseguridad jurídica, un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión y dejaba en manos de la discrecionalidad estatal la determinación del ilícito.
You may also like
-
Negocios siguen ocupando banquetas con mobiliario, aunque Coremun lo sanciona
-
Video: Restauranteros se han apropiado de los parklets, admitió Franco Rodríguez
-
Más de 2 mil elementos participarán en operativo de seguridad durante la feria
-
Denuncia Roxana Luna aumento del despojo de propiedades en Puebla
-
Cabildo de Puebla capital aprueba pedir préstamo de 440 mdp