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- Con la reforma únicamente se precisan los alcances de las pruebas para que la persona juzgadora realice una correcta valoración de las mismas
La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la LXI Legislatura aprobó una reforma al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Puebla para aclarar los alcances y la valoración de pruebas en el actuar de los juzgadores electorales, es una modificación de orden procesal.
Con esta reforma no se blinda a diputadas o diputados, tampoco a personas servidoras públicas con un proceso penal o en materia electoral, únicamente se precisan los alcances de las pruebas para que la persona juzgadora realice una correcta valoración de las mismas y, con base en ello, se emita una resolución.
La reforma al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Puebla se pondrá a consideración del Pleno el próximo jueves, si se aprueba, será enviada al Ejecutivo para su publicación en el Periódico Oficial del Estado y entrada en vigor, sin posibilidad de que sea retroactiva.
De aprobarse por las y los diputados, Puebla contará con un marco normativo que garantice los derechos político-electorales de las personas, respecto a la valoración de pruebas que hace el Tribunal competente.
El Congreso del Estado refrenda su compromiso de proteger y garantizar los derechos de todas las personas.
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