INAI impone controversia constitucional en la SCJN por omisión del Senado

• La controversia busca que se designe
a los integrantes faltantes del Pleno y,
mientras eso sucede, el INAI pueda
sesionar con mayoría simple
(4 Comisionados)

• Las Comisionadas y los Comisionados
confían en que el Máximo Tribunal
hará efectiva su función jurisdiccional, para preservar la garantía de los derechos fundamentales que tutela el INAI

RDS/STAFF

Para cumplir  su compromiso con la garantía de los derechos fundamentales de acceso a la información y de protección de datos personales, las Comisionadas y los Comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, interpusieron este lunes, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la controversia constitucional en la que demandan la falta de nombramientos para cubrir las vacantes del Pleno del INAI.

Por unanimidad, en sesión extraordinaria del pasado miércoles 15 de marzo, el Pleno aprobó presentar ante el Máximo Tribunal del país ese medio control constitucional, al advertir que ante la falta de nombramientos de las posiciones vacantes en el órgano de dirección de este Instituto:

– Se vulnera de manera directa el diseño institucional establecido por la Constitución para la integración del Pleno de este órgano autónomo, con lo cual se trasgrede el principio de colegialidad que lo caracteriza

Se inhabilitaría al Pleno para sesionar válidamente, con lo cual no podría cumplirse a cabalidad con el mandato que la Constitución le encomienda, afectando los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, en perjuicio de todas y todos los mexicanos.

La presentación de una controversia constitucional es un área de oportunidad para que las y los mexicanos sigan con la posibilidad de ejercer sus derechos humanos de acceso a la información y de protección de. datos personales, consagrados en los artículos 6 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La determinación del Pleno de acudir ante la SCJN se dio tras la objeción, por parte del titular del Poder Ejecutivo, del nombramiento de quienes habían sido designados por el Senado de la República como integrantes de este organismo garante, en su sesión pública del 01 de marzo, lo que ocasionó que el Pleno del INAI se mantenga conformado con solo 5 integrantes.

A ello, se suma que el próximo 31 de marzo concluye su encargo el Comisionado Francisco Javier Acuña
Llamas, por lo que el Pleno del INAI quedaría solo con cuatro integrantes, es decir, sin el quórum legal necesario para sesionar, previsto el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que establece que “las sesiones solo serán válidas con la asistencia de cuando menos cinco
comisionados”.

Ante tal circunstancia, se solicitó la suspensión a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para el efecto de que ordene al Senado de la República culminar con el proceso de designación y, en tanto ello sucede, por medio de una interpretación conforme al artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en contraste con lo que dispone el artículo 6º de la Constitución, permita al Pleno de
éste Órgano Garante, sesionar con la integración que existirá a partir del 01 de abril de 2023.

En este contexto, la Comisionada Presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena; las Comisionadas Norma Julieta del
Río Venegas y Josefina Román Vergara, y los Comisionados Francisco Javier Acuña Llamas y Adrián Alcalá Méndez confían en que la SCJN hará efectiva su función jurisdiccional, para preservar la garantía de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, así como el sistema de pesos y contrapesos del Estado mexicano, del cual forma parte el INAI.

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