Obligaciones humanas

Héctor A. Gil Müller

La civilización alcanzó un importante avance cuando el 10 de diciembre de 1948 los Estados signaron la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En este pliego internacional reconocían las condiciones necesarias para el libre y potencial desarrollo de la persona. El paquete de reconocimiento básico de los derechos significó un adelanto en materia jurídica pues al reconocerse ese contenido fundamental se avanzaba en la concreción de las necesidades humanas. Respondió a la evidente y voraz destrucción mostrada por los seres humanos durante una guerra tan terrible como la segunda guerra mundial. Eliminar esas conductas, y por ende tales atrocidades, mediante la reafirmación de la identidad de todas las personas a partir del reconocimiento de derechos postulados como innatos, ha logrado aliviar algunos de los problemas individuales y sociales, dando una guía ante el desconocimiento de los mismos, independientemente del régimen o declaración estatal.

Pensar en Derechos Humanos hoy día es pensar en la humanidad, en la libertad mínima necesaria y exigida para construir y vivir. A lo largo de las últimas décadas ha aumentado nuestra conciencia sobre dolencias de la humanidad, que han sabido proyectarse, identificarse y seguramente resguardarse, pero aún no ha sido suficiente, aunque el camino parece trazado se desdibuja ante múltiples desconocimientos y elementos que, desde la ignorancia, se anidan y juzgan la realidad.

Los derechos siempre van emparejados a un concepto de obligación. Y no podemos ser parciales al buscar la recepción de derechos sin advertir la necesaria complementación de obligaciones. Las obligaciones humanas parece ser un tema que pasa inadvertido en una lectura rápida y acelerada de los derechos humanos. Aún falta mucho por recorrer para asegurar ese respeto a la “humaneidad” del ser, pero no podemos olvidar las obligaciones que se generan siempre para construir una sociedad que no solo exige, sino que también otorga. Podemos hacer cárceles de absoluta libertad, que sin barrotes también nos privan.

En el año 2016, en una convención internacional realizada desde la Universidad Nacional Autónoma de México se señaló como principal conclusión lo siguiente: “La proliferación en el reconocimiento de los derechos ha provocado una comprensión equivocada.

Numerosas personas han supuesto que los derechos no tienen correspondencia con las obligaciones. Es como si se pensara que un individuo ha asumido todos sus derechos para su crecimiento y la obtención de sus satisfactores, sin que con ello le implique asumir carga alguna para consigo mismo, sus semejantes, el entorno que lo rodea o para con el Estado. Es necesario pensar el mundo de los derechos en clave de corresponsabilidad.

Con los derechos humanos; ¿Estamos pensando en obligaciones humanas? Sabemos que la existencia de límites incluso al derecho aumenta su certeza y efectividad. ¿Cuándo entenderemos los límites? Los límites no privan de libertad, al contrario, traen velocidad y seguridad, como un conductor lo sabe mientras ve los límites pintados a la orilla de una carretera. Un bebe sin límites en su andar corre el riesgo de lesionarse si no cuenta con la guía correcta, la obligación es importante, quizá en su momento entenderemos que la obligación es el elemento de crecimiento humano.

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