Padres de familia denuncian supuesto ecocidio al interior del Centro Escolar en San Miguel Canoa

Jorge Barrientos

Padres de familia del Centro Escolar Coronel Raúl Velasco de Santiago,  ubicado en la junta auxiliar de San Miguel Canoa, piden la intervención de la Secretaría de Medio Ambiente estatal y municipal, así como de la Secretaría de Educación, para que detenga el presumto ecocidio al interior de esta institución educativa.

Desde el día sábado se pudo observar a personas que talaron cerca de 10 ejemplares de cedro blanco y encino que contaban con más de 30 años de vida, sin contar con ningún permiso, ni justificación de hacerlo, además de que se vendido la madera en beneficio de las autoridades educativas y no para la escuela.

En este tenor, los quejosos acusaron a la directora del bachillerato matutino Nydia Rodríguez López, al director general Abraham Quiroz, al prefecto general en Ángel Sánchez Bucio y a la subdirectora administrativa Ángeles López Vides, quienes son los que se sabe han vendido la madera hasta en 3 mil pesos cada árbol y que no son reportados a la institución.

Asimismo, los padres de familia señalaron que cuando preguntaron a la autoridad de este centro escolar por qué se habían talado los árboles, justificaron que era para que una vez que los alumnos regresen a clases el próximo 29 de agosto no se salten la barda y la segunda excusa fue que los árboles ya podían tumbar la barda, pues habían crecido en demasía.

Sin embargo, acusaron que la poda también se realizó del lado de la barranca que pertenece a la escuela, dejando más dudas en el actuar de los directivos.

Asimismo, se dieron cuenta de que al interior de la institución se instalaron algunos hornos para la fabricación de carbón, de igual manera se desconoce si existen los permisos de la junta auxiliar o de la Secretaría de Medio Ambiente para que funcionen.

Cabe mencionar que la elaboración de carbón vegetal sin los permisos y licencias correspondientes va contra el artículo 163 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, pues las acciones propician la tala desmedida de los árboles de los bosques de cedro blanco y encino.

Podrían hacerse acreedores con una multa de cerca dos millones de pesos  

Debido a que la producción y acopio ilegal de carbón vegetal y leña afecta sensiblemente los recursos forestales, repercutiendo en la pérdida de servicios ambientales como agua, suelo y biodiversidad, con fundamento en el Artículo 161 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 165, Fracción II, en relación con el Artículo 163, Fracción XIII, ambos de la LGDFS: Transportar, almacenar, transformar o poseer materias primas forestales sin contar con la documentación o los sistemas de control establecidos para acreditar su legal procedencia, puede ser sancionado con una multa equivalente de 100 a 20,000 veces la Unidad de Medida y Actualización.

El Artículo 419 del Código Penal Federal establece que se podrá imponer pena de uno a nueve años de prisión, y de trescientos a tres mil días de salario mínimo de multa a quien ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene o transforme carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable.

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