Comisión Europea apoyará con mil 400 millones de euros a pequeñas y medianas empresas de 22 países miembros

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La Comisión Europea ha aprobado, con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, la introducción de un nuevo producto en forma de garantías sobre tramos de titulización sintética con cargo al Fondo de Garantía Paneuropeo gestionado por el Grupo del Banco Europeo de Inversiones [consistentes en el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Fondo Europeo de Inversiones (FEI)] para apoyar a las empresas afectadas por el coronavirus en los 22 Estados miembros participantes. Se espera que el nuevo producto, que está dotado con un presupuesto específico previsto de 1 400 millones de euros movilice al menos 13 000 millones de euros en concepto de nuevos préstamos a las pequeñas y medianas empresas (pymes) afectadas por la pandemia. Se trata de una contribución importante al objetivo global del Fondo Europeo de Garantía de movilizar hasta 200 000 millones de euros de financiación adicional en los 22 Estados miembros participantes.

La vicepresidenta ejecutiva Margrethe Vestager, responsable de la política de competencia, ha declarado: «Este nuevo producto contribuirá de forma importante al objetivo global del Fondo de Garantía Paneuropeo de movilizar hasta 200 000 millones de euros en beneficio de la economía europea al ayudar a movilizar un mínimo de 13 000 millones de euros en concepto de nuevos préstamos de intermediarios financieros a las pymes, que se han visto gravemente afectadas por la pandemia de coronavirus. El Fondo de Garantía Paneuropeo, que administra el Grupo del Banco Europeo de Inversiones, reúne el apoyo de 22 Estados miembros y complementa los regímenes nacionales de ayudas. Seguimos colaborando estrechamente con los Estados miembros y con las demás instituciones europeas para encontrar soluciones viables que mitiguen el impacto económico de la pandemia de coronavirus, preservando al mismo tiempo la igualdad de condiciones en el mercado único».

El vicepresidente ejecutivo para Una Economía al Servicio de las Personas, Valdis Dombrovskis, ha comentado: «Seguimos persiguiendo nuestro objetivo de apoyar a las empresas de la UE, especialmente a las pymes, para que capeen la crisis. Gracias al nuevo producto de titulización sintética con cargo al Fondo de Garantía Paneuropeo, más financiación en forma de nuevos préstamos llegará a las empresas de la UE que realmente lo necesiten. El Fondo de Garantía Paneuropeo es la tercera de las redes de seguridad acordadas por el Consejo. Animamos a los Estados miembros a seguir utilizando al máximo los tres instrumentos de crisis para apoyar a sus trabajadores y empresas».

En abril de 2020, el Consejo Europeo refrendó la creación de un Fondo de Garantía Paneuropeo (el «Fondo»), gestionado por el Grupo del Banco Europeo de Inversiones, como parte de la respuesta global de la UE a la pandemia de coronavirus. Ese Fondo es una de las tres redes de seguridad acordadas por el Consejo Europeo para mitigar el impacto económico en los trabajadores, las empresas y los países. Hasta la fecha, el BEI y el FEI han aprobado un total de 17 800 millones de euros de proyectos con cargo al Fondo, que se espera que den lugar a un total de inversiones movilizadas de unos 143 200 millones de euros.

El 14 de diciembre de 2020, tras la notificación por parte de los Estados miembros participantes, la Comisión autorizó, en virtud de las normas sobre ayudas estatales de la UE, la creación del Fondo, las contribuciones al Fondo por parte de 21 Estados miembros participantes (en ese momento) y las intervenciones posteriores en forma de garantías sobre instrumentos de deuda (por ejemplo, préstamos) con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE. El 16 de abril de 2021, la Comisión autorizó, en virtud de las normas sobre ayudas estatales de la UE, la participación de Eslovenia en el Fondo y su contribución relativa en forma de garantías sobre instrumentos de deuda con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE. El Fondo también proporciona garantías sobre instrumentos de capital, aunque aquellas quedan fuera del ámbito de aplicación de la Decisión de diciembre de 2020.

El nuevo producto con cargo al Fondo

Los 22 Estados miembros participantes notificaron a la Comisión, con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, la introducción de un nuevo producto de titulización sintética que debía crear el Fondo. La notificación completa, junto con la notificación oficial del último Estado miembro participante, se recibió el 9 de agosto de 2021.

La titulización sintética es una técnica financiera mediante la cual una entidad originadora (por ejemplo, un banco) define un conjunto de activos existentes (por ejemplo, una cartera de préstamos) que mantiene en su balance, crea tramos con diferentes perfiles de riesgo o remuneración frente a ese conjunto y transfiere posteriormente parte del riesgo derivado del conjunto comprando protección sobre un tramo específico (por ejemplo, obteniendo una garantía sobre el tramo de riesgo pertinente) de un vendedor de protección. A cambio, la entidad originadora paga una prima al vendedor de protección.

Con cargo al nuevo instrumento, el Grupo BEI, que actúa como vendedor de protección, ofrecerá protección a un intermediario financiero en forma de garantía sobre un tramo de riesgo específico para una cartera de préstamos existentes, a condición de que la cartera en cuestión cumpla determinados requisitos en términos de tamaño máximo y solo contenga exposiciones no dudosas. A cambio de la concesión de la garantía, el Grupo BEI cobrará al intermediario financiero una comisión de garantía subvencionada.

En la mayor medida posible, el intermediario financiero deberá repercutir la ventaja financiera derivada de la operación a los beneficiarios finales del nuevo instrumento, es decir, a las pymes que reciban nuevos préstamos. El intermediario financiero estará obligado a utilizar el capital reglamentario liberado gracias a la garantía del Fondo para constituir una nueva reserva de activos (por ejemplo, una cartera de préstamos) para satisfacer las necesidades de liquidez de las pymes, cumpliendo al mismo tiempo determinadas condiciones desde el punto de vista del riesgo, la cuantía y el vencimiento de los nuevos préstamos. Además de esta obligación, las condiciones de cada operación también ofrecerán incentivos al intermediario financiero para conceder nuevos préstamos.

El objetivo del nuevo producto es ayudar a que los intermediarios financieros concedan a las pymes nuevos préstamos de mayor riesgo. También es liberar la capacidad de préstamo de los intermediarios financieros e impedir que sus recursos se desplacen hacia activos de menor riesgo en lugar de a préstamos a pymes. El riesgo de un cambio de este tipo existe debido a la crisis económica provocada por la pandemia de coronavirus, que se prevé se traduzca en una rebaja de la calificación de las carteras de préstamos de los intermediarios financieros y, por lo tanto, a una demanda creciente de capital reglamentario de esos intermediarios.

Evaluación de la ayuda estatal por parte de la Comisión

La Comisión evaluó la creación del Fondo y las garantías de préstamos notificadas que este debe proporcionar de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra b), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que permite a la Comisión aprobar medidas de ayuda estatal aplicadas por los Estados miembros para poner remedio a una grave perturbación de su economía.

La Comisión concluyó que el producto de titulización sintética contribuirá a hacer frente a las repercusiones económicas del coronavirus en los 22 Estados miembros participantes. Las medidas son necesarias, adecuadas y proporcionadas para poner remedio a una grave perturbación en la economía, conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE.

Sobre esta base, la Comisión aprobó las garantías del Fondo sobre tramos de titulización sintética con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE.

Contexto

El Fondo tiene por objeto abordar de manera coordinada las necesidades de financiación de las empresas europeas (sobre todo las pymes) que se consideran viables a largo plazo, pero que se enfrentan a dificultades en el marco de la crisis actual por la que atraviesa toda Europa. Mediante el reparto del riesgo de crédito entre todos los Estados miembros participantes, el impacto global del Fondo puede maximizarse, mientras que su coste medio se reducirá considerablemente en comparación con los regímenes nacionales.

Todos los Estados miembros tienen la posibilidad de participar en el Fondo. Hasta la fecha, 22 Estados miembros han decidido hacerlo y garantizar conjuntamente las operaciones del Fondo. Los Estados miembros participantes intervendrán en la gobernanza del Fondo a través del denominado Comité de Contribuyentes, que decidirá sobre el uso de la garantía. Los Estados miembros participantes son Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal y Suecia.

En caso de situaciones económicas especialmente graves, como la que afrontan actualmente todos los Estados miembros debido a la pandemia de coronavirus, las normas sobre ayudas estatales de la UE permiten a los Estados miembros conceder ayudas para poner remedio a una grave perturbación de su economía. Esta posibilidad está prevista en el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE.

El 19 de marzo de 2020, la Comisión adoptó un Marco Temporal que permite a los Estados miembros utilizar plenamente la flexibilidad prevista en las normas sobre ayudas estatales para respaldar la economía en el contexto de la pandemia de coronavirus.

El Marco Temporal complementa las muchas otras posibilidades de que ya disponen los Estados miembros para mitigar el impacto socioeconómico de la pandemia de coronavirus, en consonancia con las normas sobre ayudas estatales de la UE. El 13 de marzo de 2020, la Comisión adoptó una Comunicación relativa a una respuesta económica coordinada al brote de COVID-19, en la que se exponen estas posibilidades. Por ejemplo, los Estados miembros pueden introducir cambios de aplicación general en favor de las empresas (por ejemplo, aplazamiento del pago de impuestos o subsidios a la reducción del tiempo de trabajo en todos los sectores) que no entran en el ámbito de aplicación de las normas sobre ayudas estatales. También pueden indemnizar a las empresas por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la pandemia de coronavirus y provocados directamente por ella.

El Marco Temporal estará vigente hasta el final de diciembre de 2021. Con el fin de garantizar la seguridad jurídica, la Comisión evaluará antes de esa fecha si resulta necesaria su eventual prórroga.

 

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