Ampara SCJN a solicitantes de refugio representados por Clínica Jurídica IBERO

Rossi A. G.

· El director del Departamento de Derecho de la Universidad destaca labor y modelo de enseñanza clínica

En su sesión del 17 de octubre de 2019, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver los amparos en revisión 353/2019 y 399/2019, decidió amparar a dos solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiados -representados por la Clínica Jurídica para Refugiados Alaíde Foppa (CJR) de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México-, en contra de la negativa de las autoridades responsables a admitir sus solicitudes de reconocimiento, por haberse presentado fuera del plazo legal establecido para ello.

Con los dos amparos otorgados por la Segunda Sala, promovidos por la Clínica Jurídica para Refugiados Alaíde Foppa, se logró cuestionar el plazo de 30 días que se da a las y los solicitantes de asilo, “nada más y nada menos que en la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, dijo el doctor José Luis Caballero Ochoa, director del Departamento de Derecho de la IBERO, al cual se encuentra adscrita la CJR.

El amparo a ambos solicitantes de asilo es una muestra de la labor que la clínica jurídica universitaria hace en beneficio de la sociedad, al empoderar y emancipar a integrantes de grupos en situación de vulnerabilidad como son las personas migrantes, cuya defensa y protección forma parte de la agenda de la Alaíde Foppa.

El doctor Ricardo Ortega Soriano, académico en la Licenciatura en Derecho de la Iberoamericana, agregó que este caso contribuye a ir desmantelando todas esas limitaciones que las personas que solicitan asilo en México tienen, a través de la amplia estrategia jurídica y de defensa de derechos de la CJR.

En particular, este caso buscaba que se declarara la inconstitucionalidad de una regla establecida en la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, que limitaba la presentación de la solicitud de asilo a 30 días, contados a partir del momento en que las personas ingresaban al país. Temporalidad que es sumamente reducida cuando se analizan las condiciones particulares que enfrentan las personas solicitantes de asilo: sin recursos económicos, que desconocen las leyes mexicanas, carentes de representación jurídica y que muchas veces viajan apenas con lo que traen puesto.

Aunque no se logró la declaración de inconstitucionalidad de la regla, los amparos concedidos retiraron, al menos a dos personas, ese obstáculo temporal para que pudieran solicitar asilo, con las garantías de ser escuchadas y no deportas a su país, donde corren peligro hasta de perder la vida.

La sentencia de la SCJN que benefició a los dos solicitantes de reconocimiento de la condición de refugiados representados por la Clínica Jurídica para Refugiados Alaíde Foppa, obliga a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) a analizar de forma individual la situación de cada uno, a no exigirles pruebas, a flexibilizar las consideraciones para reconocer que, aunque presentaron su solicitud fuera del plazo, la COMAR está obligada a analizar los méritos de cada situación.

“Seguramente la Clínica insistirá en buscar la inconstitucionalidad de esta regla para proteger a más personas, no solamente a las protegidas en este caso, sino a otras que también se podrían beneficiar con este criterio, con el fin de transformar la política migratoria hacia un reconocimiento más amplio de los derechos humanos de los migrantes”, opinó Ortega.

Clínica universitaria con incidencia en la realidad

Respecto a la Clínica Jurídica para Refugiados Alaíde Foppa, el Dr. Ortega mencionó que todos los días lleva una infinidad de casos de personas solicitantes de asilo que tienen una multiplicidad de problemáticas. En la CJR laboran estudiantes de Derecho de la IBERO, que cuentan con el apoyo de abogadas y abogados que forman parte del staff de la Clínica.

Bajo la supervisión de abogadas y abogados especializados en atender a solicitantes de asilo, las y los estudiantes elaboran los escritos que integran la estrategia de acompañamiento y defensa de los migrantes.

Complementar su formación universitaria a través de este esquema de incidencia social con una perspectiva de derechos humanos, es el principal objetivo pedagógico del modelo de enseñanza clínica que actualmente tiene implementado el Departamento de Derecho de la IBERO, añadió Caballero Ochoa, quien precisó que esta enseñanza clínica se ha implementado, en principio, en uno de los problemas más sensibles que hay ahora en México, el de la migración.

“Estamos convencidos, con esta tarea que nos hemos dado por medio de la Clínica y la enseñanza clínica, que la forma de enseñar el derecho, y el derecho mismo, tienen que modificarse en este país, para contar en México con un derecho que esté a favor de cambiar las cosas en beneficio de los más desfavorecidos”.

Finalmente, subrayó la relevancia que tiene el hecho de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación comience a acercarse a la resolución de problemas relativos a la protección de personas refugiadas, en parte gracias a los casos que la Clínica Jurídica para Refugiados Alaíde Foppa de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México está llevando.

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