Publica gobierno de Tlaxcala las Reglas de Operación de apoyos al campo y de obras

Gamaliel Jiménez

Quedan fuera diputados locales de intervenir en la ejecución de los recursos

A poco más de tres meses de haberse aprobado el Decreto 80 que contiene el Presupuesto de Egresos del Ejercicio Fiscal 2019, este día fueron publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado las reglas de operación de los Fondos de Acciones para el Fortalecimiento al Campo y Para el Fortalecimiento de Obras y Acciones a Municipios, que aprobaron los diputados locales.

De esta manera, a partir de este día entrarán en rigor las reglas aplicables para la entrega y ministración de recursos a los 60 ayuntamientos del Estado, que se vieron beneficiados con los recursos por un monto global de 404 millones de pesos para ambos rubros, específicamente para un total de 396 acciones.

No obstante, en estas reglas de operación no se contempla la participación directa de los diputados locales en la aplicación de los mismos, ya que sólo estarán involucrados los ayuntamientos y la Secretaría de Planeación y Finanzas como entidades ejecutoras y administradoras de los recursos; de manera que no se contempla la injerencia de los legisladores locales, como pretendían.

En los lineamientos, la secretaría encargada de la entrega de los recursos, establece que los municipios y los beneficiarios deben de cumplir con requisitos específicos, para que se entreguen las ministraciones y los apoyos en especie correspondientes, así como para la ejecución de los proyectos que cumplan con las especificaciones y lineamientos.

Para el caso de los apoyos al campo, se establecen requisitos y apoyos de manera concreta, como es para capacitación, entrega de apoyos para el sector agropecuario, ganadero y desarrollo rural; que van desde la dotación de insumos, maquinaria, implementos, adquisición de animales e infraestructura, entre otros.

Mientras que para el caso de los apoyos de obra pública, se establece lineamientos para la dotación de los apoyos de computadoras, calentadores solares y la ejecución de proyectos de obra pública.

Además, para ambos casos las reglas contemplan un calendario para la ministración de recursos, la obligatoriedad para la aplicación de los recursos antes del 31 de diciembre de este año, así como la evaluación, fiscalización, seguimiento, control y auditoría de las acciones; además de que establece que se conformarán Comités de Participación Social, integrado por cinco ciudadanos quienes serán vigilantes de la ejecución de los recursos, o en su defecto presentarán las denuncias respectivas.

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