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El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Alberto Pérez Dayán, ordenó que las remuneraciones de los servidores públicos para el año 2019 no sean fijadas de acuerdo con la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, impulsada por Morena y recientemente aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación.
El ministro Pérez Dayán determinó que las remuneraciones de los servidores públicos correspondientes a 2019 deben fijarse de acuerdo con lo establecido en los artículos 75, 94 y 127 de la Constitución, hasta que se resuelva la acción de inconstitucionalidad contra la Ley Federal de Remuneraciones, promovida por senadoras y senadores de oposición.
El artículo 75 indica que los diputados deben señalar en el Presupuesto de Egresos las remuneraciones correspondientes a los empleos establecidos en la ley y que, en caso de que se omita fijar la remuneración, se entenderá que debe tomarse en cuenta la fijada en el Presupuesto de Egresos del año anterior.
El artículo 94 establece, entre otras cosas, que no podrá ser disminuida la remuneración de los ministros de la SCJN, los magistrados de Circuito, los jueces de Distrito y los consejeros de la Judicatura Federal, así como los magistrados electorales, durante su encargo.
El artículo 127 indica que ningún servidor público podrá recibir una remuneración mayor a la establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente.
Sin embargo, el ministro Alberto Pérez Dayán también determinó que, al igual que los artículos mencionados, el tercero transitorio del Decreto de reforma constitucional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2009 debe ser tomado en cuenta para las remuneraciones del Presupuesto de Egresos 2019.
El transitorio señalado se refiere específicamente a las remuneraciones de jueces y magistrados federales y estatales, así como a ministros de la SCJN. De acuerdo con este transitorio las remuneraciones nominales que sean superiores a la remuneración del presidente, se mantendrán durante el tiempo que la persona que recibe esa remuneración nominal dure en su encargo.
La determinación del ministro Alberto Pérez Dayán es producto de la suspensión que le concedió a los senadores de oposición que promovieron una acción de inconstitucionalidad contra la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
La suspensión fue concedida con el fin de evitar que se cometa un daño irreparable contra los servidores públicos, mientras se decide sobre el fondo de la controversia.
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