Staff/Rossi
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), conocida como ‘Ley Antilavado’, entró en vigor en 2013. El objetivo de esta legislación es regular operaciones o actividades finanancieras que sean propensas a la captación de recursos de procedencia ilícita o destinados a la financiación de actividades delictivas como el terrorismo o crimen organizado.
En su Artículo 18, establece que las empresas o instituciones que realicen actividades consideradas como vulnerables deben realizar acciones como: identificar a los clientes y usuarios con quienes se realicen operaciones, verificar sus identidades a través de identificaciones y documentos oficiales, solicitar información sobre su actividad u ocupación con base en los avisos de inscripción y actualización de actividades para efecto del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), así como recabar copia de toda la información disponible.
“Existen algunos sectores que están obligados a validar la identidad de las empresas o usuarios con las que hacen negocios. Esto, en primera instancia, tiene el objetivo de evitar blanqueo de capital o lavado de dinero. Sin embargo, este proceso también tiene beneficios para estos sujetos obligados, ya que ayuda a prevenir fraudes, reduce el riesgo de hacer negocios con empresas fraudulentas y tener un daño reputacional”, afirma Ricardo Robledo, director general y fundador de Tu Identidad, plataforma especializada en la validación de identidad.
En caso de incumplir con lo estipulado, alterar documentos o brindar información falsa, el Artículo 62 de dicha ley señala que se castigará con “prisión de dos a ocho años y con quinientos a dos mil días multa conforme al Código Penal Federal (CPF)”.
¿Cuáles son las actividades vulnerables?
La Ley Antilavado establece que los actos, operaciones y servicios que ofrecen las entidades financieras se consideran actividades vulnerables. Por ello, en el Artículo 16 específica que estas empresas están sujetas a “la vigilancia, supervisión y verificación de las disposiciones que regulan a las entidades financieras corresponde a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y el Servicio de Administración Tributaria”, dependiendo del caso.
Al respecto, el fundador de Tu Identidad agrega que “las aseguradoras, las afianzadoras, las Sofomes, las Fintech, las casas de bolsa, los bancos y casas de cambio son los sujetos obligados por la ley a realizar el proceso de validación de identidad. ¿La razón? Porque por ahí pasan la mayoría de las transacciones del país y existe riesgo de actividades de lavado de dinero”.
“Existen otras actividades vulnerables que están reguladas del lado de la industria financiera. Se consideran así por su naturaleza de alto riesgo desde el punto de vista de la entidad financiera, aunque la regulación no les aplica a ellos directamente”, agrega el director de Tu Identidad, empresa constituida por ex banqueros y especialistas en temas financieros.
De acuerdo con el Artículo 17 de la ‘Ley Antilavado’, éstas son las actividades consideradas como vulnerables:
- Las vinculadas a apuestas, concursos o sorteos.
- Quienes emitan o comercialicen tarjetas de crédito, de servicios, prepagadas y que constituyan instrumentos de almacenamiento de dinero y no sean entidades financieras.
- Emisión de cheques de viajero ajenos a las entidades financieras.
- Ofrecimiento de créditos por parte de empresas que no sean entidades financieras.
- Compra y venta de inmuebles.
- Comercialización de metales preciosos, piedras preciosas, joyas y relojes de lujo.
- Subastas de obras de arte.
- Donativos.
- Comercialización de vehículos aéreos, marítimos o terrestres.
- Blindaje de vehículos terrestres.
- Ciertas operaciones realizadas por agentes intermediarios, como prestación de servicios de fe pública.