María Huerta
El Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en Puebla declaró inconstitucional el artículo 480 del Código Penal estatal, que tipifica el delito de ciberasedio.
Con lo anterior, se trata de la primera sentencia emitida luego de seis amparos promovidos por la asociación civil Propuesta Cívica, en representación de presuntos periodistas.
El juez determinó que la redacción ambigua y abierta del delito de ciberasedio generaba inseguridad jurídica, un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión y dejaba en manos de la discrecionalidad estatal la determinación del ilícito.
You may also like
-
En México, 80% de los cuidadores de pacientes con dermatitis atópica reportan depresión
-
Cuando llega la menopausia el peso no es lo único que cambia
-
Atlixco sigue progresando con Ariadna Ayala; inician rehabilitación de calle en Valle Real
-
Grupo Cañaveral De Humberto Pabón es finalista a los Premios Billboard de la Música Latina 2026
-
Padres separados piden garantizar convivencia con sus hijos