INEGI debe informar sobre incidentes de su personal, precisando los relacionados con el crimen organizado: INAI

Staff/RG

· Conocer las dificultades cotidianas de una institución como el Inegi es primordial, porque la información estadística fiable y disponible para todos es uno de los fundamentos de los Estados democráticos, afirmó la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena

· De acuerdo con información del Inegi, en ocasiones, se tiene que pagar para que su personal entre a zonas controladas por las organizaciones delincuenciales, subrayó

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) realizar una nueva búsqueda e informar, en formato abierto, el número de incidentes de seguridad reportados por sus servidores públicos y encuestadores entre 2012 y 2023, precisando en cuántos intervino el crimen organizado.

“Conocer las dificultades cotidianas de una institución como el Inegi es primordial porque, como advierte la UNAM, la información estadística fiable y disponible para todos es uno de los fundamentos de los Estados democráticos; además, la disponibilidad de información imparcial es importante para la intervención ciudadana, de ahí que este caso, considero, que es significativo, porque cuando se combinan el acceso a la información pública y la estadística, puede configurarse una herramienta poderosa en la lucha contra la inseguridad”, expresó la Comisionada del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, al exponer el caso ante el Pleno.

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Resaltó que, al contar con esta información, las autoridades pueden desarrollar modelos predictivos de delincuencia, para identificar dónde y cuándo es probable que ocurran delitos, permitiendo a las fuerzas de seguridad desplegar sus recursos de manera más eficiente.

Ibarra Cadena recordó que el año pasado, en una comparecencia ante la Cámara de Diputados, personal del Inegi dio a conocer que, en ocasiones, se tiene que pagar para que su personal entre a zonas controladas por las organizaciones delincuenciales.

Al respecto, un particular solicitó al Inegi detalles, entre 2012 y noviembre de 2023, acerca de cuántos incidentes de seguridad han reportado sus servidores públicos y encuestadores, precisando por cada caso, el nombre y cargo del servidor público que hizo el reporte; el Estado y municipio donde se suscitó el incidente; en qué consistió éste; si se trató de una amenaza, extorsión, privación ilegal de la libertad, lesiones, desaparición, cobro de derecho de piso, o robo, entre otros; cuánto tuvo que pagar el servidor público; si el crimen organizado estuvo involucrado y a qué grupo se le adjudica; la fecha del evento y si éste se presentó durante el levantamiento de alguna encuesta o censo.

En respuesta, el sujeto obligado entregó en formato PDF información de 2019 a 2023, con el tipo, número y total de incidentes de seguridad desglosada por año, e indicó que no está obligado a generar documentos ad hoc para la atención de solicitudes de información.

En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena, se determinó que no se pudo validar la respuesta del sujeto obligado, ya que no hubo pronunciamientos sobre todos los contenidos de la solicitud y el periodo que abarca de 2012 a 2018, por lo que dejó de observar el principio de exhaustividad; tampoco se advirtió que se haya realizado la búsqueda en las Direcciones Regionales del Inegi, por lo que la respuesta no da certeza de que lo entregado sea la totalidad de la información.

Además, omitió turnar la solicitud a dos Direcciones Generales que dirigen los procesos de los censos, así como el levantamiento de la información que se genera, por lo que podrían contar con los reportes de incidentes en contra de sus encuestadores o servidores públicos. Tampoco turnó la solicitud a la Coordinación General de Asuntos Jurídicos, quien conoce y da seguimiento a las denuncias ante el Ministerio Público y, por ende, el sujeto obligado no garantizó el carácter exhaustivo de la búsqueda de la información.

Aunado a lo anterior, el Inegi omitió dar acceso a la información en formatos abiertos que permiten el filtrado y procesamiento de la información.

Por unanimidad, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta del sujeto obligado, y le ordenó hacer una nueva búsqueda exhaustiva de lo solicitado, entregándolo preferentemente en formato abierto.

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