Jorge Barrientos
El congreso del Estado aprobó por mayoría de votos la Ley de Atención y Prevención de la Contaminación Visual y Auditiva y el decreto por el que se reforma el Código Penal, enviados por el mandatario estatal Miguel Barbosa Huerta.
Con esta aprobación, se establecen sanciones de hasta 10 años de cárcel y multas de hasta 481 mil 100 pesos, para las personas que cometan daños ambientales, además que los ayuntamientos estarán obligados a modificar sus reglamentos para castigar a quien rebase los decibelios de ruido permitidos en la Norma Oficial.
La iniciativa obliga a los propietarios de publicidad a destinar el 10% anual del tiempo para difundir el cuidado del medio ambiente
La iniciativa detalla sanciones a quienes cometan un daño ambiental (pérdida o detrimento al medio ambiente) será de 5 mil UMAS, es decir hasta 481 mil 100 pesos.
Además, de 2 a 10 años los que comentan un daño ambiental y los propietarios de publicidad estarán obligados a destinar el 10 por ciento anual del tiempo para difundir el cuidado del medio ambiente y la concientización hacia las personas, así como para informar sobre acciones gubernamentales.
Los 217 ayuntamientos del Estado serán responsables de consultar la Norma Oficial Mexicana NOM-081 para establecer cuáles serán los decibelios permitidos, a fin de aplicar las sanciones contra quienes generen contaminación auditiva, como en la que incurren sonideros, camiones de gas, clubs, discotecas, bares, incluso, los camiones de la basura, así como transporte público o particulares que circulan con altos niveles de música.
Se sancionará hasta 36 horas de arresto a quienes generen altos niveles de ruido.
De acuerdo a la Norma Oficial Mexicana los decibeles permitidos son: en exteriores de zona residencial el nivel máximo de decibeles permitido es de 55 en un horario de 6:00 a 22:00 horas; de 50 decibles en un horario de 22:00 a 6:00 horas.
Para los rubros industriales y comerciales de 6:00 a 22:00 horas los niveles máximos son de 68, y en un horario de 22:00 a 6:00 horas de 65.
Para escuelas en áreas exteriores de juegos, en ese mismo horario será de 55 decibeles y para ceremonias, festivales y eventos por cuatro horas será de 100 decibeles.
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