Denise González Núñez y Felipe Sánchez Nájera
Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México.
· Académicos de la IBERO participan en foro de protección internacional de refugiados, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo
El Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento rector de la Administración Pública Federal. Ahí se consignan los grandes objetivos y estrategias de gobierno y de ahí derivan la programación y presupuestación posteriores para las distintas dependencias de la Administración Pública Federal. Por lo tanto, lo que ahí se establece tiene una enorme trascendencia para la consecución de las políticas públicas en todas las materias.
Una de las materias que debe ser incluida en el nuevo Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 es la Protección Internacional. En otras palabras, se deben incluir objetivos de política pública en materia de protección a las personas que son perseguidas o que huyen porque sus vidas están en peligro en sus países de origen. Se trata de las personas refugiadas, solicitantes de asilo y beneficiarias de protección complementaria.
¿Qué establecieron los dos Planes Nacionales de Desarrollo anteriores sobre esta temática?
El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 abordó extensamente el tema de la migración, pero fuertemente enfocado en los flujos migratorios internos, en la emigración hacia Estados Unidos y en el ingreso de migrantes por razones económicas. Dentro del Eje 5 Democracia efectiva y política exterior responsable, estableció la Estrategia 10.1 “Respetar y proteger los derechos de los migrantes en México”. Sin embargo, no hizo ninguna mención a las personas refugiadas y solicitantes de asilo. Ello a pesar de que la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) fue creada en 1980 y cuenta desde entonces con la facultad de estudiar y atender las necesidades de personas refugiadas y solicitantes de asilo en México.
El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, a diferencia del anterior, reconoció expresamente, dentro de la Meta V. México con Responsabilidad Global, la necesidad de “contar con una política clara e incluyente en materia de refugiados y protección complementaria”. Como parte de los objetivos de política exterior en esta meta, el Plan estableció la Estrategia 5.4.5 “Garantizar en el territorio nacional los derechos de las personas migrantes, solicitantes de asilo, refugiadas y beneficiarias de protección complementaria”. Una de las líneas de acción de dicha estrategia fue “implementar una política en materia de refugiados y protección complementaria”. A través de esta estrategia y línea de acción, el Plan anterior proyectó el muy importante avance alcanzado con la entrada en vigor de la Ley sobre refugiados, protección complementaria y asilo político en el año 2011, año a partir del cual la COMAR cuenta con un régimen legal delimitado para el ejercicio de sus funciones.
¿Qué propone el Programa de Derechos Humanos de la IBERO?
Desde la óptica del Programa de Derechos Humanos de la IBERO Ciudad de México, el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 debe necesariamente contemplar cuatro puntos:
PRIMERO. Extraer la Protección Internacional de los objetivos de política exterior, como están planteados en los dos planes anteriores, e incorporarlo a los objetivos de protección de derechos humanos.
SEGUNDO. Separar claramente las estrategias y líneas de acción a ejecutar en materia de Protección Internacional, de aquellas que se implementan para las personas migrantes. Esto implicaría incluir una estrategia sobre Protección Internacional, con líneas de acción propias.
TERCERO. Incluir en esta estrategia en materia de Protección Internacional, líneas de acción para personas refugiadas, solicitantes de asilo, beneficiarias de protección internacional. Pero habría que agregar también aquí a personas apátridas.
CUARTO. Incorporar, al menos las siguientes líneas de acción: 1) Establecer mecanismos de coordinación interinstitucionales para la integración de las personas solicitantes de asilo y refugiadas; 2) Implementar una estrategia dirigida a la provisión de servicios de asesoría y defensoría pública en el procedimiento de asilo, para personas solicitantes; 3) Con la salvaguarda debida a la información protegida por ley, promover la transparencia en el procedimiento de asilo, desde el acceso al procedimiento hasta la emisión de las resoluciones.
Si bien el Plan Nacional de Desarrollo anterior dio un paso adelante, incluyendo una estrategia específica en materia de Protección Internacional, es fundamental que el nuevo Plan de Desarrollo dé un paso más separando esta materia de la política exterior y asimilándola como un objetivo auténticamente de protección de derechos.
Desde nuestra mirada, esto tiene implicaciones de gran alcance. Implica que la Administración Pública Federal deje de mirar a la COMAR como una oficina de trámite de una suerte de permisos especiales para el ingreso al territorio y se le vea como un órgano de protección de derechos, cuyas decisiones repercuten en la vida de las personas solicitantes de asilo. No dudamos que esa sea la visión de las personas que laboran dentro de la COMAR, pero creemos que otros órganos de la Administración Pública Federal no necesariamente la perciben así, lo cual repercute incluso en cuestiones presupuestales.
Además, se tiene que incorporar en el nuevo Plan Nacional de Desarrollo una visión verdaderamente intersecretarial respecto de esta temática. Sólo así se podrá lograr una protección integral para las personas refugiadas y solicitantes de asilo. La COMAR es una pieza de la atención a personas refugiadas en México. En esta medida, el Plan Nacional de Desarrollo debe prever líneas de acción para que este órgano funcione tal como fue concebido en 1980: una Coordinación General. Al respecto, recordamos que la COMAR ha ejercido sus funciones a través de un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación denominado Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados. Pues bien, es necesario fortalecer esta Coordinación General, a fin de que sea capaz de lograr el involucramiento de todas las Secretarías de Estado para la atención integral de refugiados y solicitantes de asilo.
Desde el Programa de Derechos Humanos de la IBERO creemos que lo anterior es fundamental para dos cosas: 1. Proyectar adecuadamente el trabajo de la COMAR en la estructura administrativa y 2. Dimensionar adecuadamente sus requerimientos presupuestales. El Plan Nacional de Desarrollo, siendo el instrumento rector en la implementación de políticas públicas, debe necesariamente lograr esto.
El Observatorio de Protección Internacional como estrategia de monitoreo y evaluación
Por último, señalamos la necesidad de incorporar mejores instrumentos de seguimiento y monitoreo de resultados en torno a las metas planteadas. De hecho, esa ha sido la visión del Programa de Derechos Humanos de la Ibero al crear el Observatorio de Protección Internacional: monitorear la implementación de la política pública en materia de Protección Internacional; aportar insumos concretos que permitan medir y evaluar las actuaciones en esta materia, a fin de mejorar la política pública en beneficio de las personas que requieren de dicha protección.
Hemos observado algunas prácticas que habrá que corregir, por ejemplo, el inmutable criterio de que las personas salvadoreñas y hondureñas cuentan con acceso a protección estatal efectiva o alternativas de reubicación viables en sus países de origen. Pero también hemos observado buenas prácticas, como por ejemplo, el reconocimiento de la existencia de violaciones masivas a derechos humanos para el reconocimiento de la condición de refugiado de personas de origen venezolano.
Desde el Programa de Derechos Humanos estamos convencidos de que es posible realizar ajustes para la mejor implementación de la política pública en materia de Protección Internacional. Por lo tanto, ponemos a disposición de quien esté interesado, los hallazgos de nuestro Observatorio, incluyendo para la implementación de estrategias para lograr lo anterior: https://asiloenmexico.ibero.mx/