Decepción con el Tribunal Europeo por restringir el voto de las personas con discapacidad mental

PRNewswire

El Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el relator* especial encargado de este mismo asunto se unieron en calificar de “revés decepcionante” el reciente fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que permite prohibir el voto a las personas que carezcan del nivel requerido de habilidades mentales.

Tanto el Comité como el experto esperan que la decisión sea temporal y que la Gran Sala del Tribunal tenga la oportunidad de reconsiderar el caso, señalan en un comunicado conjunto emitido por el Consejo de Derechos Humanos.

Si es fuera, esperan que la Gran Sala pueda replantearse el cambio de paradigma que ha supuesto la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y lo fundamental que el derecho de voto es para la legitimidad del proceso democrático.

“En la actualidad parece haber una considerable disparidad en la forma en que muchas partes del Consejo de Europa aborda la inclusión y los derechos de las personas con discapacidad”, dijo Gerard Quinn, relator especial sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Por ejemplo, “aproximadamente al mismo tiempo que la sentencia del Tribunal, el Comité Europeo de Derechos Sociales emitió una decisión importante que promueve significativamente la causa de la educación inclusiva para niños con discapacidades en toda Europa”.

Los expertos de la ONU dijeron que la corte había aceptado con demasiada facilidad las restricciones gubernamentales de que solo las personas con las “habilidades mentales” necesarias podían votar.

La decisión no concuerda con el saber científico

“En pocas palabras, esto no concuerda con la comprensión científica moderna de la toma de decisiones humana, incluso durante las elecciones”, dijeron.

Citando el informe pionero de 2015 del Banco Mundial, “Mente, sociedad y comportamiento”, los expertos dijeron que la mayor parte de la toma de decisiones, incluida la votación, no depende de la capacidad racional.

Explicaron que las llamadas pruebas de equilibrio no son apropiadas cuando se trata del derecho al voto y aseguraron que limitar el derecho a votar a quienes tienen las habilidades mentales requeridas “ya no es un propósito legítimo”.

También dijeron que la privación del derecho al voto de una discreta minoría insular coloca innecesariamente un signo de interrogación sobre la legitimidad del proceso democrático.

Finalmente, señalaron que la jurisprudencia compensatoria del Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU merece un tratamiento más completo ante la Gran Sala.

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